Repsol Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 26155-2025
- Notario
- LUIS EDUARDO FLORES RIVAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Repsol Chile SpA | accionista | 96720750-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO FLORES RIVAS, Notario Público de la 42ª Notaría de Santiago, Suplente del Titular don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, con oficio en Av. Apoquindo N° 3.001, 2° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2025, bajo Repertorio N° 26.155-2025, ante mí, Repsol Renovables, S.A., Rol Único Tributario N°59.294.160-0, (anteriormente “Repsol Renovables, S.L.U”), en su calidad de único accionista de Repsol Chile SpA, Rol Único Tributario 96.720.750-0, inscrita a fojas 27.137, N° 22.145, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1994 (la “Sociedad”), declaró modificar los estatutos de la Sociedad, en el siguiente sentido: i) aumentar el capital de 455.085.174,45 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.169.968 acciones, a un monto de 528.815.174,45 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.521.532 acciones, mediante la emisión de 351.564 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie; ii) por lo anterior, el único accionista declaró sustituir los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de quinientos veintiocho millones ochocientos quince mil ciento setenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y cinco centavos, dividido en dos millones quinientas veintiún mil quinientas treinta y dos acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie. Las acciones suscritas cuyo valor no se encuentre pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. Las acciones se suscriben y pagan en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Las acciones de la Sociedad son esencialmente transferibles y transmisibles. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de cinco años. El capital de la Sociedad se podrá pagar en dinero o en especie, de acuerdo con el artículo veintiuno del reglamento de sociedades anónimas.”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: En conformidad con el Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la sociedad asciende a la suma de quinientos veintiocho millones ochocientos quince mil ciento setenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y cinco centavos, dividido en dos millones quinientas veintiún mil quinientas treinta y dos acciones nominativas, sin valor nominal, y de una misma y única serie, las que han sido suscritas en su totalidad por Repsol Renovables, S.A., encontrándose íntegramente pagadas e ingresados los fondos a la caja social.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 16 de Septiembre de 2025.