COMERCIAL KINGSTONE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2025
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura pública fecha 5 de septiembre de 2025, ante Titular: a) la SUCESION de don CHING-TANG-CHANG, compuesta por don FELIPE ANDRES CHAN LI, doña HUI TING CHANG LI y doña YU JEN CHANG LI; b) YU-CHIN LI y c) don FELIPE ANDRES CHAN LI, todos domiciliados en calle Vasconia 1.912, comuna de Providencia, modificaron sociedad COMERCIAL KINGSTONE LIMITADA, Rut. 77.921.150-9, constituida por escritura pública de fecha 15 de abril de 2003, otorgada ante esta Notaría, la que se inscribió a fojas 11.187 N°8705 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.002. Sociedad ha sufrido diversas modificaciones. Capital social $5.000.000. Presente instrumento los actuales socios vienen en modificar la cláusula quinta relativa a la administración de la sociedad la que será ejercida por doña YU-CHIN LI y don FELIPE ANDRES CHANG LI, quienes anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representarán separada e indistintamente a la sociedad con las más amplias facultades, indicadas en dicha cláusula y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en dicha cláusula. Asimismo reemplazan cláusula relativa al objeto social, quedando de la siguiente manera: “Tercero: El objeto de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias por cuenta propia o ajena, del ramo de Artesanía en General, elaboración y diseño de joyas confeccionadas en plata y piedras naturales y sintéticas, artículos de fantasía y de regalos, relojería, maquinarias, menaje de casa, textiles, paquetería, juguetería, abarrotes y confitería, la compraventa, distribución, comercialización, importación y exportación de toda clase de insumos y repuestos afines con el rubro de la sociedad, venta al por menos en comercios de alimentos bebidas o tabaco (supermercados e hipermercados); venta al por menor en comercios de vestuario y productos para el hogar (grandes tiendas); otras actividades de venta al por menor en comercios no especializados N.C.P.; venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en comercios especializados; venta al por menor de alimentos en comercios especializados (almacenes pequeños y minimarket); venta al por menor en comercios especializados de carne y productos cárnicos; venta por menor en comercios especializados de frutas y verduras (verdulerías); venta al por menor en comercios especializados de pescado, mariscos y productos conexos; venta al por menor en comercios especializados de productos de panadería y pastelería; venta al por menor en comercios especializados de huevos, confites y productos alimenticios N.C.P. y cualquier otra actividad que los socios acuerden en el futuro. Salvo las modificaciones señaladas a los estatutos, el resto de las estipulaciones permanecen inalteradas. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de septiembre de 2025.