CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

103 APP SpA

RUT 99525490-5 CVE 2702548
Capital
$168.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2025
Repertorio
1818-25
Notario
Guillermo Carlos Solar Pérez
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$168.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto por 3 miembros, los que durarán indefinidamente en sus cargos, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los directores o sólo a uno o más de ellos. La misma Junta deberá designar reemplazantes a los directores cuyo nombramiento haya sido revocado

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PEDRO NOLASCO VIAL MACERATTA representante 9477328-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Guillermo Carlos Solar Pérez, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Quilín N°5.283, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, certifico que: por escritura pública otorgada con fecha 03 de septiembre de 2025, ante mí, repertorio N°1818- 25, Uno.) IN MOTION SERVICIOS S.A., sociedad anónima cerrada del giro de servicios informáticos, R.U.T. N° 99.525.490-5, representada, por don PABLO ALBERTO MORENO PÉREZ, chileno, casado, ingeniero civil, C.I.N° 11.836.707-3, ambos domiciliados para estos efectos en Santiago, avenida Apoquindo N°4.499, Comuna de Las Condes; y Dos.) PMC Tech SpA, sociedad por acciones del giro de servicios informáticos, R.U.T.N° 78.190.027-3, representada por don PEDRO NOLASCO VIAL MACERATTA, chileno, casado, ingeniero, R.U.T. N°9.477.328- 8, ambos domiciliados para estos efectos en Badajoz N°100, oficina N°617, Comuna de Las Condes, Santiago constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “103 APP SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La autoría de programas de computación en sus diversos niveles, como el licenciamiento de los mismos tanto en Chile como en el exterior, como la autoría de toda clase de servicios de computación, de procesamiento y de ordenamiento de información, ya sea con equipos y/o tecnologías propias o ajenas; b) La prestación de toda clase de servicios de computación, de procesamiento y de ordenamiento de información, ya sea con equipos y/o tecnologías propias o ajenas, tanto en Chile como en el exterior; el desarrollo de software y programas computacionales en general, la prestación de servicios de ingeniería de sistemas y desarrollo de tecnologías relacionadas con el rubro de la computación; la prestación de asesoría técnica y profesional en software y computación en general; c) La prestación de toda clase de servicios, mantenimiento y actualización en relación con plataformas de comunicación y conectividad en general, incluyendo especialmente toda clase de redes globales, como la prestación de los apoyos técnicos operativos correspondientes, tanto en Chile como en el exterior; y d) La comercialización de programas de software computacionales y de productos relacionados con la computación en general, desarrollar, elaborar, distribuir y comercializar toda clase de tecnologías en el área de comunicaciones entre ordenadores, en todas sus formas. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: El capital social asciende a la cantidad de $168.000.000 pesos, dividido en 1.000.000 de acciones, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en el artículo primero transitorio. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a un Directorio compuesto por 3 miembros, los que durarán indefinidamente en sus cargos, mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los directores o sólo a uno o más de ellos. La misma Junta deberá designar reemplazantes a los directores cuyo nombramiento haya sido revocado. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de septiembre de 2025. Guillermo Solar Pérez, Notario Público.