CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EG Group SpA

CVE 2702291
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2025
Repertorio
10411-/2025
Notario
JORGE LOBOS DÍAZ
Domicilio
don Cosme Fernando Gomila Gatica
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DÍAZ, Abogado, Notario Público Suplente de don Cosme Fernando Gomila Gatica, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, ambos con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, Certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de septiembre del año 2025, Repertorio N° 10.411.-/2025, otorgada ante el Titular; doña María Ignacia García Ahuile y don Joaquín Andrés Erlbaun Martínez constituyeron una sociedad por acciones: Razón Social: EG GROUP SpA .Objeto será la prestación de todos y cualquier tipo de servicios y actividades relacionados con la odontología y salud dental, en especial, pero sin quedar limitados a, servicios y asesorías en cualquiera de las especialidades de la odontología, y cualquier otra actividad conexa con aquellas, a través de convenios con particulares, servicios de bienestar, o cualquier entidad pública o privada; la adquisición, compra, venta y arrendamiento de toda de bienes muebles e inmuebles, en especial maquinarias y equipos odontológicos, insumos médicos y odontológicos; la explotación y administración de consultorios dentales de atención médica privada, centros radiológicos, centros de toma de muestras y de exámenes médicos odontológicos; La capacitación, certificación, formación, desarrollo, difusión, explotación e implementación de nuevas técnicas y/o procedimientos odontológicos de cualquier especie; y en general de cualquier tipo de actividad relacionada o conexa con los servicios odontológicos que los accionistas acuerden. El objeto también incluye la tenencia y explotación de toda clase de bienes, sean corporales o incorporales; y la inversión en sociedades de cualquier tipo, nacionales o extranjeras, asociaciones o cuentas en participación; así como también la inversión en toda clase de acciones, bonos, debentures, pagares y demás valores mobiliarios y de derechos sociales. El objeto podrá ser desarrollado directamente o a través de otras sociedades. - Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones de una misma serie, nominativas y sin valor nominal; las que son suscritas y pagadas íntegramente y en partes iguales por los accionistas en el acto de constitución. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre del año 2025.- Jorge Lobos Díaz. Notario Público Suplente.- AVB