CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

D & F Auditores y Consultores Tributarios Limitada

RUT 9755933-3 CVE 2702146
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2025
Repertorio
1757-25
Notario
GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
Domicilio
con oficio en Avenida Quilín N° 5283

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
un año contado desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

Prestación de servicios de asesorías contables, laborales y recursos humanos, financieras y administrativas; asesorías tributarias; servicios de auditorías financieras; consultorías en planificación, organización, evaluación y análisis de empresas; capacitación en cada una de las áreas de la administración y uso razón social corresponderá a PEDRO ANTONIO DELGADO COPA con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de $1.000.000 (un millón de pesos), que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don PEDRO ANTONIO DELGADO COPA, la cantidad de $900.000 (novecientos mil pesos) que corresponde al 90 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don DANIEL ARMANDO FLORES AGUIRRE, la cantidad de $100.000 (Cien mil pesos) que corresponde al 10 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2025, Repertorio 1757-25, otorgada ante mí: Don PEDRO ANTONIO DELGADO COPA, de nacionalidad chilena, cédula de identidad N° 9.755.933-3, domiciliado en calle El Solar N° 8030, casa 2, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana y don DANIEL ARMANDO FLORES AGUIRRE, de nacionalidad chilena, cédula de identidad N° 6.041.645-1, domiciliado en calle Colombia 3 N° 9657, comuna de La Florida, Región Metropolitana, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: «D & F Auditores y Consultores Tributarios Limitada», pudiendo usar nombre de fantasía « D & F Auditores y Consultores Tributarios Ltda., que la obligará misma manera que razón social. Objeto: Prestación de servicios de asesorías contables, laborales y recursos humanos, financieras y administrativas; asesorías tributarias; servicios de auditorías financieras; consultorías en planificación, organización, evaluación y análisis de empresas; capacitación en cada una de las áreas de la administración y uso razón social corresponderá a PEDRO ANTONIO DELGADO COPA con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de $1.000.000 (un millón de pesos), que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don PEDRO ANTONIO DELGADO COPA, la cantidad de $900.000 (novecientos mil pesos) que corresponde al 90 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don DANIEL ARMANDO FLORES AGUIRRE, la cantidad de $100.000 (Cien mil pesos) que corresponde al 10 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: un año contado desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago de Chile 5 de septiembre de 2025.