LOANYALTY SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 52664-2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Objeto social
Se sustituye el objeto social, estableciendo que la sociedad se dedicará, entre otras actividades, a: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de corretaje de propiedades en la compraventa, arriendo y subarriendo; y la intermediación y administración de bienes raíces, sean estos urbanos o rurales, nuevos o usados, en sus distintas modalidades, incluyendo renta tradicional y renta corta; b) La administración de inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, locales comerciales y unidades inmobiliarias en general, tanto en propiedad horizontal como en copropiedad; c) La prestación de servicios de marketing digital, publicidad, desarrollo de campañas de promoción, posicionamiento de marca, generación de contenido, diseño web, gestión de redes sociales y toda actividad destinada a la promoción de bienes y servicios por medios digitales; d) La prestación de servicios tecnológicos y de desarrollo de plataformas digitales orientadas a facilitar la operación, promoción y administración de proyectos inmobiliarios; e) El arrendamiento, la explotación, intermediación y subarrendamiento en favor de terceros de bienes inmuebles amoblados para su uso temporal, inmuebles destinados al alojamiento turístico, yb habitaciones amobladas con fines turísticos o vacacionales, entre otras análogas; y, f) La celebración de contratos y ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Se reemplaza en consecuencia el artículo cuarto de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Que por escritura pública otorgada en mi oficio el 10 de septiembre de 2025, bajo el Repertorio N° 52.664-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de "LOANYALTY SPA", Ahora, “RIALPRO SpA”, celebrada con fecha 8 de septiembre de 2025. En la que se acordó, por el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, la modificación de los estatutos sociales, de cuyas materias extractables se menciona lo siguiente: 1. Nombre: Se modifica la razón social de la sociedad, de "LOANYALTY SpA" a "RIALPRO SpA", pudiendo utilizar como nombre de fantasía las siglas "RIALPRO". Se reemplaza en consecuencia el artículo primero de los estatutos sociales; 2. Objeto Social: Se sustituye el objeto social, estableciendo que la sociedad se dedicará, entre otras actividades, a: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de corretaje de propiedades en la compraventa, arriendo y subarriendo; y la intermediación y administración de bienes raíces, sean estos urbanos o rurales, nuevos o usados, en sus distintas modalidades, incluyendo renta tradicional y renta corta; b) La administración de inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, locales comerciales y unidades inmobiliarias en general, tanto en propiedad horizontal como en copropiedad; c) La prestación de servicios de marketing digital, publicidad, desarrollo de campañas de promoción, posicionamiento de marca, generación de contenido, diseño web, gestión de redes sociales y toda actividad destinada a la promoción de bienes y servicios por medios digitales; d) La prestación de servicios tecnológicos y de desarrollo de plataformas digitales orientadas a facilitar la operación, promoción y administración de proyectos inmobiliarios; e) El arrendamiento, la explotación, intermediación y subarrendamiento en favor de terceros de bienes inmuebles amoblados para su uso temporal, inmuebles destinados al alojamiento turístico, yb habitaciones amobladas con fines turísticos o vacacionales, entre otras análogas; y, f) La celebración de contratos y ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Se reemplaza en consecuencia el artículo cuarto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2025.