Ingeniería y Maestranza Orecal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2005
- Notario
- RAMON GARCIA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
- Comuna
- Pública de Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con domicilio en Rengo 444 de esta ciudad, certifica: por escritura pública fecha 01de agosto de 2025, otorgada ante mí, comparecieron; ISOLINA DEL CARMEN CALDERÓN MELO, cédula de identidad número 8.391.635-4, domiciliada en Hernando de Santillán 153, departamento 103, Edificio Alto Lomas, comuna de Concepción; LUIS ARTURO RODRIGUEZ FUENTES, cédula de identidad 8.100.672-5, domiciliado en Los Lingues 1742, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz; CESAR DARÍO ORELLANA CALDERÓN, cédula de identidad 16.764.595-K, domiciliado en Castellón 64, departamento 508, comuna de Concepción, FELIPE IGNACIO ORELLANA CALDERÓN, cédula de identidad 17.343.249-6, domiciliado en calle Domingo Bondi 1160, departamento 132, comuna de Las Condes, Santiago, y MARCO ANTONIO ORELLANA PARRA, cédula de identidad número 8.943.086-0, quien compareció por sí y en representación, de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES ORECAL LIMITADA”, rol único tributario número 76.316.150-1, ambos con domicilio en calle Lincoyán número 870, Concepción, y modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Ingeniería y Maestranza Orecal Limitada”, nombre de fantasía “Orecal Ltda.”, rol único tributario 76.285.390-6, constituida por escritura pública de fecha 20 de abril del año 2005, otorgada en la Notaría Pública de Concepción, de don Juan Espinosa Bancalari. Su extracto fue publicado en el Diario Oficial número 38.176, de fecha 3 de junio de 2005 e inscrito a fojas 745 vuelta número 573 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2005. La sociedad ha tenido las siguientes modificaciones: a) Modificación inscrita a fojas 1897, número 1540 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2006; y, b) Modificación inscrita a fojas 1806 vuelta, número 1726 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Comercio de Concepción, correspondiente al año 2007. La sociedad fue modificada en los términos que se indica: Uno) ISOLINA DEL CARMEN CALDERON MELO, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad “Ingeniería y Maestranza Orecal Limitada”, representativos del 9% de los derechos en el haber social a la sociedad “Inmobiliaria e Inversiones Orecal Limitada”, la que debidamente representada, los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la venta y cesión de derechos fue la suma única y total de $29.972.726, pagados en el acto, mediante vale vista del Banco BICE, que la cedente y vendedora declaró recibir a entera satisfacción. Dos) Don LUIS ARTURO RODRIGUEZ FUENTES, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales, en la sociedad “Ingeniería y Maestranza Orecal Limitada”, representativos del 1% de los derechos en el haber social a “Inmobiliaria e Inversiones Orecal Limitada”, la que debidamente representada, los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la venta y cesión de derechos fue la suma única y total de $3.300.000, pagados en el acto, en dinero efectivo, recibidos entera satisfacción. La nueva estructura de integración y participación de los socios de la sociedad “Ingeniería y Maestranza Orecal Limitada”, es la siguiente. a) don Marco Antonio Orellana Parra, con un 80% de los derechos sociales, b) sociedad Inmobiliaria e Inversiones Orecal Limitada”, con un 10% de los derechos sociales, c) don Cesar Darío Orellana Calderón, con un 5% de los derechos sociales; y d) don Felipe Ignacio Orellana Calderón, con un 5% de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Tres) Se modifica la clausula Undécima aumentando el plazo de duración de la sociedad a 8 años contados desde fecha este instrumento, al cabo del cual, se entenderá prorrogado automáticamente por periodos de ocho años, a menos que cualquiera de sus socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo periodo en la forma señalada en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, septiembre 13 de 2025.