CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Genfar de Chile SpA

RUT 59253370-7 CVE 2701187
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2025
Repertorio
17932/2025
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 8 de septiembre de 2025, bajo repertorio N° 17.932/2025, ante mí, la sociedad Genfar S.A., sociedad válidamente constituida y vigente conforme a las leyes de la República de Colombia, Rol Único Tributario Número 59.253.370-7, domiciliada para estos efectos en El Golf 150, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones (en adelante la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “Genfar de Chile SpA”, pudiendo utilizar además e indistintamente, en cualquier actuación, incluso bancaria, el nombre de fantasía “Genfar”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La elaboración, importación, exportación, distribución, comercialización y expendio de toda clase de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y productos cosméticos, así como la preparación de fórmulas magistrales y oficinales; la elaboración, importación, exportación, fraccionamiento, distribución y comercialización de productos farmacéuticos y sus componentes a granel, sustancias químicas, reactivos, colorantes permitidos así como de insumos médicos y sanitarios en general; b) La importación, exportación, tránsito, extracción, producción, fabricación, fraccionamiento, preparación, distribución, transporte, transferencia a cualquier título, expendio, posesión, tenencia y uso de productos farmacéuticos, preparados y productos estupefacientes y psicotrópicos permitidos; c) El depósito y almacenamiento de toda clase de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y productos químicos de uso médico; d) La instalación, establecimiento, explotación y administración de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, farmacias homeopáticas y laboratorios químico farmacéuticos; e) La importación, exportación, comercialización, distribución y arrendamiento de toda clase de insumos, artículos, herramientas, repuestos, maquinaria y equipamiento de uso médico o relacionado con el área de la salud y el servicio técnico, mantenimiento, modificación y reparación de los mismos; f) La obtención y ejercicio de representaciones de productos y/o empresas del área médica y/o farmacéutica, así como el registro de productos farmacéuticos, alimentos y/o productos químicos de uso médico; g) Constituir, promover, organizar y administrar todo tipo de sociedades o asociaciones, civiles o mercantiles, fideicomisos o asociaciones en participación, así como adquirir intereses, participaciones o derechos en otras sociedades o asociaciones, civiles o mercantiles, fideicomisos o asociaciones en participación, al momento de su constitución o adquiriendo acciones, participaciones o derechos en aquellas ya constituidas, así como disponer, gravar o transmitir dichas acciones, participaciones o derechos; h) La inversión, en Chile o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; i) Todas aquellas otras actividades comerciales, tecnológicas o industriales que fueran complementarias o anexas al giro principal; y, j) En general, la celebración de todo tipo de convenios y contratos, así como la realización de las transacciones y actos, de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: $1.000.000.- de pesos chilenos, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie, y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente por Genfar S.A. en el acto de constitución, conforme a lo establecido en el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2025.