DOCTOR MANLIFT SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de julio de 2025
- Repertorio
- 6643-2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Público interino de la Séptima Notaría de Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2025, bajo repertorio Nº 6.643-2025. Ante mí, JAVIER ADRIAN PLAZA CASTRO, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad Nº 16.417.8498, domiciliado en calle Moneda Nº 720, oficina 209, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien debidamente facultado, redujo a escritura pública “ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DOCTOR MANLIFT SpA”; cuyo tenor es el siguiente: CLAUDIA GISELA RAMIREZ ARENAS, colombiana, soltera, tecnóloga en gestión hotelera, cédula de identidad para extranjero Nº 28.005.762-2, presidenta y única accionista de “Doctor Manlift SpA”, y como secretario don JAVIER ADRIAN PLAZA CASTRO. MODIFICACIÓN: CLAUDIA GISELA RAMIREZ ARENAS, ya individualizada y única accionista de “DOCTOR MANLIFT SpA”, viene en otorgar la ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL a don ALEX MARCELO ARRIAGADA FLORES, chileno, casado, publicista, cédula nacional de identidad Nº 13.259.158-k, con todas las facultades otorgadas en el artículo diecisiete del estatuto social. ACUERDO: Los accionistas acuerdan, por unanimidad, aprobar en todas sus partes el otorgamiento de la ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL a don Alex Marcelo Arriagada Flores, ya individualizado. Los accionistas en razón del acuerdo, por lo que corresponde modificar el artículo décimo séptimo de los estatutos sociales en lo siguiente: “Artículo Décimo Séptimo: “La administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre o razón social, incluso ante bancos e instituciones financieras, corresponderá a don Alex Marcelo Arriagada Flores, ya individualizado, quien actuando, anteponiendo a la razón social su firma podrá representarla con las más amplias facultades. Sin que la enumeración siguiente sea limitativa o taxativa, sino meramente ejemplar, podrá entre otros actos” en lo sucesivo queda de la misma forma que se encuentra en la escritura de constitución celebrada con fecha 7 de abril de 2022. Se acuerda la aprobación del Acta de la presente Junta, con la sola suscripción de esta, sin necesidad de una ratificación posterior. Se faculta a don Javier Adrián Plaza Castro y/o al portador de la presente acta, para reducirla en todo o parte a escritura pública, sin esperar su aprobación y tan pronto como ella se encuentre firmada por todos los asistentes. Asimismo, se faculta a don Javier Adrián Plaza Castro y/o al portador de dicha escritura publica o de su extracto, para requerir y firmar las publicaciones, inscripciones y subinscripciones que en derecho fueran procedentes. En lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones. Santiago, 22 de julio de 2025.