MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías HD Tax Limitada

RUT 77737579-2 CVE 2701198
Fecha instrumento
25 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2025
Repertorio
82686-2025
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 25 de Agosto del año 2025, Repertorio N°82.686-2025, ante mí, Jorge Sebastián Delpiano Torrealba; Rebeca Concepción Zamora Picciani; José Luis Honorato San Román; Gonzalo Javier Delaveau Swett; Juan Ignacio Peña Lacámara; Matías Pablo Langevin Correa; Juan Andrés Larrondo Holmgren; y Andrés Eduardo Aracena Stubing, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura número 2939, oficina 801, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad únicos socios de la sociedad denominada “Asesorías HD Tax Limitada” (en adelante la “Sociedad”), rol único tributario número 77.737.579-2, inscrita a fojas 26.337, número 11.989 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, acordaron: 1) Efectuar cesiones de derechos en donde: a) Andrés Eduardo Aracena Stubing, vende, cede y transfiere a doña Rebeca Concepcion Zamora Picciani, la cantidad de $142.800 de sus derechos sociales correspondientes a un 14,28% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $142.800. b) Andrés Eduardo Aracena Stubing, vende, cede y transfiere a don Matías Pablo Langevin Correa, la cantidad de $57.200 de sus derechos sociales correspondientes a un 5.72% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $57.200. c) Juan Andrés Larrondo Holmgren, vende, cede y transfiere a don Matías Pablo Langevin Correa, la cantidad de $55.600 de sus derechos sociales correspondientes a un 5.56% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $55.600. d) Juan Andrés Larrondo Holmgren, vende, cede y transfiere a don Juan Ignacio Peña Lacámara, la cantidad de $1.500 de sus derechos sociales correspondientes a un 0.15% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $1.500. e) Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, vende, cede y transfiere a don Juan Ignacio Peña Lacámara, la cantidad de $13.100 de sus derechos sociales correspondientes a un 1.31% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $13.100. f) José Luis Honorato San Román, vende, cede y transfiere a don Juan Ignacio Peña Lacámara, la cantidad de $19.100 de sus derechos sociales correspondientes a un 1.91% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $19.100. g) Gonzalo Javier Delaveau Swett, vende, cede y transfiere a don Juan Ignacio Peña Lacámara, la cantidad de $19.100 de sus derechos sociales correspondientes a un 1.91% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $19.100. h) En consecuencia, Andrés Eduardo Aracena Stubing se retira de la Sociedad, otorgando al respecto el más completo y total finiquito, y declarando que nada se le adeuda por dicho concepto e ingresa doña Rebeca Concepción Zamora Picciani como socia. 2) Como consecuencia de los cambios señalados, en especial en virtud de la salida del socio Andrés Eduardo Aracena Stubing y la incorporación de Rebeca Concepcion Zamora Picciani, se reemplaza, el numeral /Cuatro/ del Artículo Octavo y el Artículo Quinto de los estatutos sociales por los siguientes: ARTÍCULO OCTAVO: “/Cuatro/ Los socios y miembros del Comité señores JOSÉ LUIS HONORATO SAN ROMÁN, GONZALO JAVIER DELAVEAU SWETT, JORGE SEBASTIÁN DELPIANO TORREALBA, REBECA CONCEPCIÓN ZAMORA PICCIANI, JUAN IGNACIO PEÑA LACÁMARA, MATÍAS PABLO LANGEVIN CORREA y JUAN ANDRÉS LARRONDO HOLMGREN, en todo caso, tendrán la calidad de “miembros fundadores” del Comité para los efectos de estos estatutos”.“ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios suscriben y pagan en dinero efectivo, en la siguiente proporción: (a) José Luis Honorato San Román, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil novecientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos nueve por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; (b) Gonzalo Javier Delaveau Swett, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil novecientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos nueve por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; (c) Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil novecientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos nueve por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; (d) Juan Ignacio Peña Lacámara, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil ochocientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos ocho por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; (e) Matías Pablo Langevin Correa, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil ochocientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos ocho por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; (f) Rebeca Concepción Zamora Picciani, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil ochocientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos ocho por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social; y, (g) Juan Andrés Larrondo Holmgren, aporta y paga la suma de ciento cuarenta y dos mil novecientos pesos, equivalentes a un catorce coma dos nueve por ciento del capital e interés social, y que ingresa a caja social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 10 de Septiembre de 2025.