CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA LA PAVIERA SpA

CVE 2700938
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de septiembre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Duración
ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad es “COMERCIALIZADORA LA PAVIERA SpA”

Objeto social

El objeto de la sociedad será, A) La exportación e importación, distribución, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, la compraventa con o sin comisión, promoción por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y mercaderías. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacione con los fines sociales. B) Importación, exportación y comercialización de todo tipo de productos y mercaderías. C) Venta al por mayor y al detalle de toda clase de bienes. D) Cualquier otro que los socios de consuno deseen explotar

Administración

La administración y representación de la sociedad le corresponderá a uno o más administradores o gerentes generales, quienes serán designados por la Junta de Accionistas; en caso de ser más de uno la respectiva junta deberá señalar si estos deben actuar de manera conjunta; separada u otra distinta. En todo caso, cada gerente podrá ejercer por sí, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. El Gerente o gerentes según corresponda, actuando en la forma que la respectiva junta señale; tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con la sola limitación que para realizar actos de disposición por sumas superiores a mil unidades de fomento requerirá la autorización expresa de la junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número 3477, piso 10, Las Condes, expongo: Por escritura pública de fecha veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, suscrita ante mí; doña PALOMA ANDREA SANCHEZ GUTIERREZ, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos treinta y dos mil ochocientos cincuenta y nueve guion k; domiciliada para estos efectos en calle Vitacura número dos mil novecientos treinta y nueve, piso once, oficina mil ciento uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; viene en constituir una sociedad por acciones denominada “COMERCIALIZADORA LA PAVIERA SpA”, cuyo estatuto es el siguiente: TÍTULO PRIMERO. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad es “COMERCIALIZADORA LA PAVIERA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será, A) La exportación e importación, distribución, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, la compraventa con o sin comisión, promoción por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos y mercaderías. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacione con los fines sociales. B) Importación, exportación y comercialización de todo tipo de productos y mercaderías. C) Venta al por mayor y al detalle de toda clase de bienes. D) Cualquier otro que los socios de consuno deseen explotar. Duración: Indefinida. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de $10.000.000., dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en su totalidad en la forma que se indica en la escritura social. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a uno o más administradores o gerentes generales, quienes serán designados por la Junta de Accionistas; en caso de ser más de uno la respectiva junta deberá señalar si estos deben actuar de manera conjunta; separada u otra distinta. En todo caso, cada gerente podrá ejercer por sí, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. El Gerente o gerentes según corresponda, actuando en la forma que la respectiva junta señale; tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, con la sola limitación que para realizar actos de disposición por sumas superiores a mil unidades de fomento requerirá la autorización expresa de la junta de accionistas. Tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el estatuto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2025.