INVESNET SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2025, bajo el repertorio número 26.271-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad INVESNET SpA (la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 3 de enero de 2025, en la que se acordó modificar el capital de la sociedad, como consecuencia del acuerdo anterior, se reemplazaron íntegramente los siguientes artículos de los estatutos sociales: /Uno/ sustituye el artículo Quinto permanente por el siguiente “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, dividido en dos mil doscientos cincuenta acciones Serie A y veinticuatro mil setecientos cincuenta acciones Serie B. Las distinciones entre series son las siguiente: Serie A conformada por dos mil doscientas cincuenta acciones. La Preferencia de las Acciones Serie A consistirá en el derecho a recibir, anualmente, dividendos por hasta un monto total de mil doscientos Unidades de Fomento en forma preferente a cualquier otro tipo de distribución de utilidades o capital de la Sociedad (la “Preferencia”). Serie B conformada por cuarenta y dos mil setecientas cincuenta acciones. Cada año esta serie tendrá derecho a recibir, una vez pagada la Preferencia, distribuciones conforme a su prorrata. Al momento en que (i) la Serie A haya recibido la suma de quince mil Unidades de Fomento; o bien (ii) llegado el día treinta y un de diciembre de dos mil treinta y cinco, lo que ocurra primero, la Serie B tendrá derecho a recibir distribuciones equivalentes a su prorrata, aumentada en un cinco por ciento. Esta característica tendrá vigencia hasta que la Serie B haya recibido, a título de distribuciones, un monto equivalente a los montos pagados en exceso a la Serie A.” /Dos/ Sustituye el artículo Primero transitorio por el siguiente “Artículo Primero Transitorio. El capital de la Sociedad, ascendente a cuarenta y cinco millones de pesos, dividido en dos mil doscientos cincuenta acciones Serie A y cuarenta y dos mil setecientos cincuenta acciones Serie B, se encuentra íntegramente suscrito y pagado al tres de enero de dos mil veinticinco”. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 09 de septiembre de 2025.