MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Instituto Oncológico Limitada

RUT 78179580-1 CVE 2699989
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2025
Repertorio
45317-2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley N°19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 03 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°45317-2025, en adelante la “Escritura de Rectificación”, Santiago Barros Méndez, debidamente facultado al efecto, rectificó la escritura pública de modificación de Instituto Oncológico Limitada, en adelante, la “Sociedad”, de fecha 25 de julio de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°36.575- 2025, en adelante la “Escritura de Modificación”, en el siguiente sentido: Que, por un error involuntario, en la Escritura de Modificación se indicó erróneamente el monto en pesos del capital aportado por Fundación Arturo López Pérez y Pablo Fernando González Mella. De esta forma, y para efectos de rectificar los errores numéricos involuntarios, donde se indicó /A/ que Fundación Arturo López Pérez aportó la suma de $24.490.000, equivalente al 40% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado, debe indicar que aportó la suma de $24.800.000, equivalente al 40% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado, y /B/ que Pablo Fernando González Mella aportó la suma de $20.150.000, equivalentes al 33% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado, debe indicar que aportó la suma de $20.460.000, equivalente al 33% de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado. En consecuencia, en cumplimiento con la ley N°19.499, se rectificó y dejó constancia que el capital de la Sociedad, regulado en el Artículo Quinto de los estatutos de la misma, es el que se replica a continuación: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de sesenta y dos millones de pesos que los socios han enterado y pagado en la siguiente forma y proporción: a) Fundación Arturo López Pérez, aportó la suma de veinticuatro millones ochocientos mil pesos, equivalente al cuarenta por ciento de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado; b) Pablo Fernando González Mella, aportó la suma de veinte millones cuatrocientos sesenta mil pesos, equivalente al treinta y tres por ciento de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado; c) Manuel Enrique González Domingo, aportó la suma de nueve millones novecientos veinte mil pesos, equivalentes al dieciséis de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado; d) Jorge Abraham Valenzuela Aguilera, aportó la suma de tres millones cuatrocientos diez mil pesos, equivalentes al cinco coma cinco de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado; e) Roberto Arturo Mella Vergara, aportó la suma de tres millones cuatrocientos diez mil pesos, equivalentes al cinco coma cinco de los derechos sociales, íntegramente suscrito y pagado.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2025.