Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2025
- Repertorio
- 7289-2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $540.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de San Antonio
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años contados de la fecha de este contrato y se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios decida ponerle término, lo que deberá ser expresado en escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses antes del cumplimiento del plazo de duración de la sociedad o de una cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; b) la inversión en todo tipo de títulos, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean, la percepción de sus frutos civiles y la reinversión de los mismo; c) el desarrollo de cualquiera actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios; d) la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; e) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías financieras, comerciales o de administración; y, f) en general, realizar cualquier acto o negocio que los socios acuerden
Administración
La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Tomás Enrique Tapia Ureta y a doña Nora Hortencia Jeria Morales, quienes anteponiendo su firma a la razón social la obligará y representará con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición que se indican en escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada | socio | 76788740-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Santiago, designado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, según consta en Decreto número ciento diez de fecha trece de febrero de dos mil veinticuatro, con oficio en calle Agustinas número mil ciento sesenta y uno, entrepiso Comuna y Ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 7 de agosto de 2025, Repertorio N°7.289-2025 ante doña Paulina Constanza Estay Calzadilla compareció (i) doña Nora Hortencia Jeria Morales, cédula de identidad N°7.874.536-3, (ii) don Tomás Enrique Tapia Jeria, cédula de identidad N°16.510.135-9, (iii) don Carlos Alberto Tapia Jeria, cédula de identidad N°17.079.326-9, y, (iv) don Tomás Enrique Tapia Ureta, cédula de identidad N°6.359.866-6, únicos y actuales socios de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada, RUT 76.788.740-K, inscrita a fojas 37, número 40 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2007; todos domiciliados en Ruta E sesenta y seis número ciento treinta, comuna de Santo Domingo y de paso por esta, acordaron lo siguiente: I. DIVISIÓN. (1) Acuerdan dividir esta sociedad, en dos sociedades, con efecto a contar de la fecha del presente instrumento público, constituyéndose una nueva sociedad que nace producto de la división y cuya razón social será Inversiones Santa Nora Limitada, y la segunda sociedad será Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada, la cual subsistirá como continuadora legal. (2) La división se realiza conforme a balance proforma al 31 de diciembre de 2024, protocolizado junto con la escritura. (3) Como consecuencia de la división, el capital social de Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada se disminuye de la suma de $540.000.000 a la suma de $483.000.000, íntegramente suscrito y pagado. II. MODIFICACIÓN SOCIEDAD ORIGINAL: Se modifica la sociedad "Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada " en el siguiente sentido de reducir su capital de $540.000.000 a $483.000.000, modificándose el artículo quinto de los estatutos para reflejar la nueva composición del capital, quedando de la siguiente manera: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de Cuatrocientos ochenta y tres millones de pesos, que se encuentra íntegramente pagado y enterado de la siguiente manera: a) don TOMÁS ENRIQUE TAPIA URETA aportó la suma de doscientos cuarenta y un millones mil quinientos doce pesos, pagados de la siguiente manera: i) con la suma de setenta millones de pesos, pagados al contado y en dinero efectivo, enterados en la caja social, y; ii) Con los bienes raíces aportados en dominio mediante escritura pública de fecha cinco de enero del año dos mil siete otorgada en la cuarenta seis Notaria de Santiago de don Claudio Hernán Mesina Schulz, bajo repertorio doce guion dos mil siete. b) doña NORA HORTENCIA JERIA MORALES aportó la suma de ochenta millones trescientos treinta y tres mil ochocientos treinta y siete pesos, pagados al contado y en dinero efectivo, c) don TOMÁS ENRIQUE TAPIA JERIA aportó la suma de ochenta millones trescientos treinta y tres mil ochocientos treinta y siete pesos, pagados al contado y en dinero efectivo, enterados en la caja social y d) don CARLOS ALBERTO TAPIA JERIA aportó la suma de ochenta millones trescientos treinta y tres mil ochocientos treinta y siete pesos, pagados al contado y en dinero efectivo, enterados en la caja social”. III. ESTATUTOS SOCIEDAD NACE DE LA DIVISIÓN. Como consecuencia de la división, los socios (i) doña Nora Hortencia Jeria Morales, cédula de identidad N°7.874.536-3, (ii) don Tomás Enrique Tapia Jeria, cédula de identidad N°16.510.135-9, (iii) don Carlos Alberto Tapia Jeria, cédula de identidad N°17.079.326-9, y, (iv) don Tomás Enrique Tapia Ureta, cédula de identidad N°6.359.866-6, todos domiciliados en Ruta E sesenta y seis número ciento treinta, comuna de Santo Domingo y de paso por esta, constituyen la sociedad "INVERSIONES SANTA NORA LIMITADA", con los mismos socios de la sociedad original y en las mismas proporciones, se fijan estatutos de la nueva sociedad, quedando como siguen: OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; b) la inversión en todo tipo de títulos, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean, la percepción de sus frutos civiles y la reinversión de los mismo; c) el desarrollo de cualquiera actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios; d) la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; e) la prestación de todo tipo de servicios y asesorías financieras, comerciales o de administración; y, f) en general, realizar cualquier acto o negocio que los socios acuerden. RAZÓN SOCIAL. La razón social será "INVERSIONES SANTA NORA LIMITADA". DOMICILIO. El domicilio será la ciudad de San Antonio, sin perjuicio de poder establecer agencias, representaciones o sucursales en cualquier otro lugar dentro o fuera del país. ADMINISTRACIÓN. La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Tomás Enrique Tapia Ureta y a doña Nora Hortencia Jeria Morales, quienes anteponiendo su firma a la razón social la obligará y representará con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición que se indican en escritura extractada. CAPITAL. El capital de la Sociedad es la suma de Cincuenta y siete millones de pesos, íntegramente pagado de la siguiente manera: a) don TOMÁS ENRIQUE TAPIA URETA, aporta la suma de veintiocho millones quinientos mil pesos, pagados con cargo al capital que le correspondía en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada; b) doña NORA HORTENCIA JERIA MORALES, aporta la suma de nueve millones quinientos mil pesos, pagados con cargo al capital que le correspondía en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada; c) don TOMÁS ENRIQUE TAPIA JERIA, aporta la suma de nueve millones quinientos mil pesos, pagados con cargo al capital que le correspondía en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada; y d) don CARLOS ALBERTO TAPIA JERIA, aporta la suma de nueve millones quinientos mil pesos, pagados con cargo al capital que le correspondía en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tomas Tapia Ureta e Hijos Limitada. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes de capital. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de cinco años contados de la fecha de este contrato y se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios decida ponerle término, lo que deberá ser expresado en escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses antes del cumplimiento del plazo de duración de la sociedad o de una cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 05 de septiembre de 2025.