Instrumento
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será calle Rio Jordán doscientos siete Oficina veintidos, la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana De Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- ARTÍCULO PRIMERO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, Local 101, certifica que por Escritura Pública de fecha 12 de agosto del año 2.025, Repertorio Nro. 5.238– 2025, ante mí don Victor Hugo Escobar Riquelme, chileno, soltero, empresario, cedula de identidad diecisiete millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos uno guion ocho, domiciliado en calle Monseñor Escrivá de Balaguer trece mil ochocientos cincuenta y siete, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana De Santiago, constituyo sociedad por acciones de nombre TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO.- ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: El nombre de la Sociedad será " INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES STARK SpA". ARTÍCULO SEGUNDO: DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será calle Rio Jordán doscientos siete Oficina veintidos, la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana De Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. ARTÍCULO TERCERO: DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. ARTÍCULO CUARTO: CLÁUSULA DE OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: Uno: La prestación de servicios integrales en el área de la ingeniería, lo que incluye, sin que la siguiente enumeración sea taxativa: a) Consultoría y Asesoría: Estudios de factibilidad técnica y económica, asesorías especializadas, peritajes técnicos y auditorías de proyectos. b) Diseño y Proyectos: Desarrollo de proyectos de ingeniería civil, estructural, eléctrica, sanitaria, hidráulica, mecánica, climatización (HVAC) y otras especialidades. c) Gestión e Inspección: Administración y gestión de proyectos (Project Management), inspección técnica de obras (ITO), control de calidad, cubicaciones y preparación de estados de pago. d) Estudios Técnicos: Levantamientos topográficos, estudios de mecánica de suelos, batimetrías y otros estudios necesarios para el desarrollo de proyectos. Dos: La ejecución de todo tipo de obras de construcción, por cuenta propia o de terceros, en calidad de contratista general o subcontratista, abarcando: a) Obras Civiles y Edificación: Construcción de edificios residenciales, comerciales, corporativos e industriales; obras viales, puentes, canales, y movimientos de tierra. b) Montaje Industrial: Montaje de estructuras, equipos mecánicos, piping y sistemas eléctricos e instrumentación. c) Remodelaciones y Habilitaciones: Ampliaciones, remodelaciones, reparaciones, mantenciones y habilitación de toda clase de inmuebles. d) Instalaciones: Diseño e instalación de redes eléctricas, sanitarias, de gas, climatización, corrientes débiles y sistemas de seguridad. Tres: La realización de actividades comerciales e inmobiliarias complementarias, tales como: a) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de materiales, insumos, herramientas, y maquinaria para la construcción. b) El arrendamiento y leasing de equipos y maquinaria. c) El desarrollo y la gestión de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, loteo, subdivisión y arriendo de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena. Cuatro: En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos, negocios e inversiones que se relacionen directa o indirectamente con los objetos mencionados o que la administración determine, sin limitación alguna. TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL.- ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones quinientos mil pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital se suscribe y se paga en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- ARTÍCULO SEXTO: La sociedad será administrada indistintamente por un Gerente General y un Administrador. El o la representante ante el SII es Victor Hugo Escobar Riquelme , cedula de identidad número diecisiete millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos uno guion ocho, de amplias facultades en escritura extractada. TITULO OCTAVO.- OTROS PACTOS. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) Victor Hugo Escobar Riquelme suscribe: MIL acciones ordinarias de la Serie única, con valor nominal de un millón de pesos cada una para un equivalente total a la suma de Cinco Millones de Pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. Otras estipulaciones en escritura extractada Santiago, a 08 de Septiembre del 2025. Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.