MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA

RUT 83979300-6 CVE 2700248
Capital
$215.605.127 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2025
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2025
Repertorio
4688/2025
Notario
RENATA PAZ SALGADO VARAS
Oficio
Titular de la Primera Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$215.605.127 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA socio 83979300-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENATA PAZ SALGADO VARAS, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de Concepción, don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 07 de Agosto de 2025, ante dicho Notario Titular, Repertorio Nº4688/2025, doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero cinco millones seiscientos cuatro mil doscientos sesenta y cinco guion dos, domiciliada en Avenida Andalue dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalue, Comuna de San Pedro de Ia Paz, Concepcion, y de paso par esta ciudad; doña CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, chilena, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero seis millones ciento cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno guion cuatro, domiciliada en Andorra seis mil seiscientos seis, Las Condes, Santiago; don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, chilena, comerciante, casado ·y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero siete millones ochocientos treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve guion ocho, domiciliado en Avenida Andalue dos mil trescientos diez, departamento novecientos uno, Andalue, Comuna de San Pedro de Ia Paz, Concepcion, y de paso por esta ciudad; doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad numero dieciocho millones veinticinco mil seiscientos once guion tres, domiciliada en Calle Matías Cousino numero cuatro mil cuatrocientos casa ciento noventa y uno, Comuna de Peñalolen; y don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, chileno, lngeniero Comercial, soltero, cedula nacional de identidad numero diecisiete millones seiscientos dieciseis mil cuatrocientos veintitrés guion nueve, domiciliado en La Albarrada numero ochenta y dos, Comuna de San Pedro de Ia Paz, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada HUGO ROGGENDORF Y CAMPAÑÍA LIMITADA, RUT N°83.979.300-6, Capital: $$215.605.127, constituida mediante escritura publica de fecha veinticuatro de abril de mil novecientos setenta y cuatro, otorgada bajo el repertorio numero doscientos cincuenta y dos guion mil novecientos setenta y cuatro, ante don Francisco Molina Valdes, Notario Publico de Ia comuna y ciudad de Concepcion, cuyo extracto fue debidamente inscrito a fojas doscientos ochenta y ocho vuelta número ciento cincuenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Concepcion, correspondiente al año mil novecientos setenta y cuatro y publicado en el Diario Oficial con fecha catorce de mayo del mismo año, en el siguiente sentido: Doña HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE, dona CLAUDIA ELISABETH ROGGENDORF BODIGE, don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA, doña MARTINA CLAUDIA CELIS ROGGENDORF y don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, en sus calidades de unicos socios de Ia Sociedad, acuerdan modificar la primera frase del articulo Cuarto de los estatutos de Ia sociedad, que va desde el inicio de Ia señalada cláusula hasta los dos puntos, por Ia siguiente: “CUARTO: La administración, representación y el uso de Ia razón social corresponderá indistintamente a uno cualquier de los socios, dona HELGA MARGARITA ROGGENDORF BODIGE o don CLAUDIO HUGO FARIÑA PERALTA o don JAVIER ANDRES FARIÑA ROGGENDORF, quienes actuando en forma individual, uno cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma Ia razón social, administrarán y representarán a Ia sociedad, en toda clase de actos y contratos con las mas amplias facultades y sin que importe una enumeración taxativa ni limitativa de Ia administración, podran:". En lo no modificado los comparecientes ratifican las estipulaciones del pacta social, en especial en lo relativo de limitar su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 10 de Septiembre de 2025.