AyH INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2025
- Repertorio
- 1901
- Notario
- RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, abogado, notario público Interino de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch 525, certifico: Que por Escritura Pública hoy ante mí, repertorio Nº1901: don GABRIEL ANTONIO HERNÁNDEZ GÓMEZ, chileno, soltero, Ingeniero en Construcción, domiciliado en Av. Héroes de la Concepción 2370, depto. 309, Condominio Las Palmas, comuna de Iquique, cédula nacional de identidad N°19.436.311-7; y don MANUEL ENRIQUE ALFARO REYES, chileno, soltero, empresario, domiciliado en calle Teresa Wilms Montt 2230, comuna de Iquique, cédula nacional de identidad N°18.694.240-K, modifican “AyH INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA”, R.U.T. N°78.155.308-5; constituida por escritura pública de fecha 06.08.2025, otorgada en Cuarta Notaría Pública de Iquique, ante Notario Público Interino don Rubén Antonio Escobar Garcia, inscrita a fojas 794 vta. N°404 del Registro de Comercio de Iquique del año 2025, debidamente publicado en el Diario Oficial con fecha 11.08.2025, con capital inicial y vigente de $5.000.000.- pesos.- Los comparecientes vienen en modificar la sociedad en la siguiente forma: acordaron aumentar el capital social de la sociedad denominada «AyH INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA», RUT N° 78.155.308-5, con domicilio en Iquique, de $5.000.000.- de pesos a $15.000.000.- de pesos, mediante la emisión de 200 acciones nominativas de $50.000 cada una, quedando el capital dividido en 300 acciones nominativas de $50.000 cada una. La totalidad de las 200 nuevas acciones que se emiten deberán quedar totalmente suscritas y pagadas por ambos socios en partes iguales, dentro del plazo de un año a contar de esta fecha. Las nuevas acciones deberán ser pagadas en dinero efectivo. Se modificaron los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos para reflejar el nuevo capital. Se faculta al portador para requerir la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique y su publicación en el primitivo.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 10 de septiembre de 2025.