MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD AGRICOLA CRIYSTAL SpA

RUT 77099276-1 CVE 2699358
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2015

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2015
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CRISTAL ESTEFANIA CERDA CERDA socio 18487787-2

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 41315 del 24 de noviembre de 2015

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO N° 1722-2025, CRISTAL ESTEFANIA CERDA CERDA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.N.I. N° 18.487.787-2, con domicilio en El Sauce sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, modifica sociedad “SOCIEDAD AGRICOLA CRIYSTAL SpA”, constituida por escritura pública de fecha 19/11/2015, ante el Notario Público de Melipilla don RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, e inscrita en extracto a fojas 476 N° 263 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla del año 2015, y publicado en el Diario Oficial N° 41.315 de fecha 24/11/2015.- La citada sociedad no ha sido objeto de modificaciones hasta la fecha.- MODIFICACION:- Socios CRISTAL ESTEFANIA CERDA CERDA, viene en modificar las cláusulas quinta, primera transitoria y tercera transitoria del pacto social primitivo y toda otra que se relacione con ella de la mencionada sociedad, en el sentido que a partir del otorgamiento del presente instrumento, la administración y el uso de la razón social corresponderá individualmente a un administrador de la sociedad y no a un directorio de la misma. Asimismo, y por este acto se designa como administrador de la sociedad a doña CRISTAL ESTEFANIA CERDA CERDA, C.N.I. N° 18.487.787-2, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas al momento de otorgar el presente instrumento. En todo lo no expresamente modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública citada en la cláusula primera precedente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 05/09/2025.