INMOBILIARIA SOLAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de julio de 2025
- Repertorio
- 2034-2025
- Notario
- Luis Eduardo Solar Bach
- Oficio
- primera Notaria de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- Chillán
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será: La explotación de bienes raíces y la actividad inmobiliaria en la forma más amplia posible, y las actividades relacionadas o similares a las anteriores que los socios acuerden.- Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Eduardo Solar Bach, Notario Público Titular, de la primera Notaria de Chillán, con oficio en calle El Roble N° 551, Certifico; Por Escritura Pública ante mí, de fecha 18-07-2025, repertorio N° 2034-2025, comparecieron: MARÍA LUISA SOLAR VILA, LUIS ENRIQUE MARDONES SOLAR y JUAN GABRIEL MARDONES SOLAR, todos domiciliados en calle Pedro de Valdivia 701, Quilamapu, Chillán; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social “INMOBILIARIA SOLAR LIMITADA”, nombre fantasía “ISolar LTDA.”.- Objeto: El giro u objeto de la sociedad será: La explotación de bienes raíces y la actividad inmobiliaria en la forma más amplia posible, y las actividades relacionadas o similares a las anteriores que los socios acuerden.- Administración y uso de razón social: corresponderá a los socios MARÍA LUISA SOLAR VILA LUIS, ENRIQUE MARDONES SOLAR y JUAN GABRIEL MARDONES SOLAR, quienes la ejercerán separadamente y en forma indistinta, facultades en escritura extractada.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de 600.000.000 de pesos, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: la socia MARÍA LUISA SOLAR VILA, aporta la suma de 300.000.000 de pesos en moneda chilena de curso legal, mediante el aporte en dominio de los inmuebles que se singularizaron en escritura extractada; el socio LUIS ENRIQUE MARDONES SOLAR, aporta la suma de 150.000.000 de pesos, de los cuales paga y pagará de la siguiente forma: a.- entera y paga en caja social la suma de 20.000.000 de pesos en el acto y fecha de la escritura extractada; b.- la suma de 80.000.000 de pesos se aportará mediante el aporte en trabajo e industria, conforme al artículo 376 del Código de Comercio, durante la vigencia de la sociedad; y c.- el saldo de 50.000.000 se aportará y pagará en dinero en el plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada; y el socio JUAN GABRIEL MARDONES SOLAR, aporta la suma de 150.000.000 de pesos, de los cuales paga y pagará de la siguiente forma: a.- entera y paga en caja social la suma de 20.000.000 de pesos en el acto y fecha de la escritura extractada; b.- la suma de 80.000.000 de pesos se aportará mediante el aporte en trabajo e industria, conforme al artículo 376 del Código de Comercio, durante la vigencia de la sociedad; y c.- el saldo de 50.000.000 de pesos se aportará y pagará en dinero en el plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada.- Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración de la sociedad: 20 años a contar de fecha del instrumento de constitución, prorrogable tácita y sucesivamente por 10 años, forma estipulada escritura extractada.- Domicilio: Chillán.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Chillán, 08 de Septiembre de 2025.