GATTA Y POBLETE SOCIEDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años contar de esta fecha, renovable, según estatutos
Objeto social
a) gestión de negocios comerciales; b) comercialización, y compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular, 43ª Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, Paseo Huérfanos N° 835, Piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2025, ante mí, MAXIMILIANO ALBERTO GATTA ROSEMARY, domiciliado en Los Tulipanes dos mil doscientos veinte, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, y CAMILA PAZ POBLETE PEDERNERA, domiciliada en Las Orquídeas número trescientos veintiocho, Block J, departamento veintiuno C, sector F, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, constituyen “GATTA Y POBLETE SOCIEDAD LIMITADA”, nombre de fantasía G Y P LTDA. Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá de manera exclusiva, y excluyente, al socio MAXIMILIANO ALBERTO GATTA ROSEMARY, con amplias facultades. Objeto: a) gestión de negocios comerciales; b) comercialización, y compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales. Capital: $60.000.000, cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente forma y proporciones A) MAXIMILIANO ALBERTO GATTA ROSEMARY, aporta la suma de $30.000.000, que se entera, y paga, en este acto, aportando en este instrumento, a la sociedad que se constituye en este acto, los derechos de los cuales es dueño sobre una propiedad raíz. Los socios avalúan de consuno los derechos sobre la propiedad raíz, que se aportan en este acto, en la suma de $30.000.000, enterando, aportando, y pagando en este acto estos derechos; y, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios. B) CAMILA PAZ POBLETE PEDERNERA, aporta la suma de $30.000.000, que se entera, y paga, en este acto, aportando en este instrumento, a la sociedad que se constituye en este acto, los derechos de los cuales es dueña sobre una propiedad raíz. Los socios avalúan de consuno los derechos sobre la propiedad raíz, que se aportan en este acto, en la suma de $30.000.000, enterando, aportando, y pagando en este acto estos derechos; y, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios. Duración: 10 años contar de esta fecha, renovable, según estatutos. Santiago, 28 de agosto de 2025.