SOCIEDAD VIENTO PUELCHE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2025
- Notario
- TATIANA KARINA BARRIENTOS ALBRECHT
- Domicilio
- Chaitén
Sociedad
- Domicilio
- La sociedad tendrá por domicilio la ciudad de Puerto Montt, Décima Región
- Duración
- El plazo de duración de esta sociedad será de cinco años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente en las mismas condiciones por iguales períodos sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se notificará judicialmente, en forma personal, en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil o por avisos si procediera, al otro socio, otorgada con ciento veinte días de anticipación a lo menos, al vencimiento al plazo estipulado o prorrogado, la que deberá anotarse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, al margen de la inscripción del extracto del pacto social
Objeto social
El objeto de la sociedad será las inversiones en bienes muebles e inmuebles; desarrollo de proyectos inmobiliarios, compraventa y arrendamiento de los mismos, y servicios turísticos, sin perjuicio de otras actividades, relacionadas o no con las anteriores, que los socios pacten de común acuerdo y la realización de cualquier acto material o jurídico para el cumplimiento de los mismos y del comercio en general, pudiendo ampliar sus objetivos de acuerdo a los intereses de la sociedad y de toda otra actividad comercial que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña ROCIO BELEN NAVARRO REDLICH.- CAPITAL Y ACCIONES: El capital social es la suma de doscientos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: 1) El socio Cristian Wladimir Gallardo Lebtun aporta el dominio de un inmueble signado como HIJUELA NUMERO CUATRO, situada en el lugar denominado “Río Negro”, en la comuna de Chaitén. Provincia de Palena, Décima Región de Los Lagos, inscrito a su nombre a fojas doscientos cincuenta y nueve, número doscientos cuarenta y siete del Registro de Propiedad de año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén. Este aporte lo avalúan los socios en la suma de ciento veinte millones de pesos, equivalentes al sesenta por ciento del capital social el que se paga en este acto de contado, el que se encuentra enterado y pagado en la caja social; 2) La socia doña Rocío Belén Navarro Redlich, aporta la suma de ochenta millones de pesos equivalentes al cuarenta por ciento del capital social el que se pagará de la siguiente forma: a) Con la suma de cuarenta millones de pesos en dinero efectivo, el que se encuentra enterado y pagado en la caja social; b) el saldo de cuarenta veinte millones de pesos se enterará durante el primer período de duración de la sociedad o en la medida que los negocios sociales lo requieran
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTATIANA KARINA BARRIENTOS ALBRECHT, Notario Público de Chaitén, con oficio en esta ciudad, Libertad 615, CERTIFICA: por Escritura Pública de cinco de Septiembre de 2025, Rep.291-2025, ante mí, don CRISTIAN WLADIMIR GALLARDO LEBTUN, Rut N°13.002.310-k, domiciliado en Pasaje Puelche sin número, comuna de Chaitén, Provincia de Palena y doña ROCIO BELEN NAVARRO REDLICH, Rut N°16.721.628-5, domiciliada en calle Rancagua N° 256 de la ciudad de Puerto Montt, CONSTITUYERON una sociedad de responsabilidad limitada: NOMBRE: “La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD VIENTO PUELCHE LIMITADA” pudiendo, sin embargo, también funcionar y actuar en sus relaciones con terceros e inclusive con bancos e instituciones, con el nombre de “VIENTO PUELCHE LTDA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será las inversiones en bienes muebles e inmuebles; desarrollo de proyectos inmobiliarios, compraventa y arrendamiento de los mismos, y servicios turísticos, sin perjuicio de otras actividades, relacionadas o no con las anteriores, que los socios pacten de común acuerdo y la realización de cualquier acto material o jurídico para el cumplimiento de los mismos y del comercio en general, pudiendo ampliar sus objetivos de acuerdo a los intereses de la sociedad y de toda otra actividad comercial que los socios acuerden.- DOMICILIO: La sociedad tendrá por domicilio la ciudad de Puerto Montt, Décima Región, sin perjuicio de constituir domicilios especiales en otros lugares de Chile o el extranjero y de las agencias y sucursales que considere pertinente establecer para un mejor desarrollo de su actividad.- ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña ROCIO BELEN NAVARRO REDLICH.- CAPITAL Y ACCIONES: El capital social es la suma de doscientos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: 1) El socio Cristian Wladimir Gallardo Lebtun aporta el dominio de un inmueble signado como HIJUELA NUMERO CUATRO, situada en el lugar denominado “Río Negro”, en la comuna de Chaitén. Provincia de Palena, Décima Región de Los Lagos, inscrito a su nombre a fojas doscientos cincuenta y nueve, número doscientos cuarenta y siete del Registro de Propiedad de año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén. Este aporte lo avalúan los socios en la suma de ciento veinte millones de pesos, equivalentes al sesenta por ciento del capital social el que se paga en este acto de contado, el que se encuentra enterado y pagado en la caja social; 2) La socia doña Rocío Belén Navarro Redlich, aporta la suma de ochenta millones de pesos equivalentes al cuarenta por ciento del capital social el que se pagará de la siguiente forma: a) Con la suma de cuarenta millones de pesos en dinero efectivo, el que se encuentra enterado y pagado en la caja social; b) el saldo de cuarenta veinte millones de pesos se enterará durante el primer período de duración de la sociedad o en la medida que los negocios sociales lo requieran.- DURACIÓN: El plazo de duración de esta sociedad será de cinco años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente en las mismas condiciones por iguales períodos sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se notificará judicialmente, en forma personal, en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil o por avisos si procediera, al otro socio, otorgada con ciento veinte días de anticipación a lo menos, al vencimiento al plazo estipulado o prorrogado, la que deberá anotarse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, al margen de la inscripción del extracto del pacto social.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Chaitén, a 5 de Septiembre de 2025.