MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES RUJUAMARA LIMITADA

RUT 76012195-9 CVE 2698808
Fecha instrumento
31 de julio de 2025
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2025
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
Cuarta Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ANGÉLICA MONTOYA CAMPOS quien, anteponiendo la razón social a su respectiva firma, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, sin limitación alguna. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de su participación social. - En lo no modificado se mantienen las

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular, Cuarta Notaria de Los Ángeles, con oficio en calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2025, Rep. 3600-2025, ante mí, doña MARÍA ANGÉLICA MONTOYA CAMPOS, profesora, domiciliada en Villa Ignacio Carrera Pinto, calle Luis Cruz Martínez número ciento cincuenta y cuatro, comuna de Los Ángeles, doña ÁNGELA BEATRIZ FRAILE MONTOYA, psicóloga, domiciliada en calle Alcazar trescientos sesenta y ocho, comuna de Los Ángeles, don RODRIGO ANDRÉS FRAILE MONTOYA, ingeniero civil mecánico, quien comparece por sí y en representación de la SOCIEDAD FRAILE Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento noventa mil quinientos sesenta y ocho guion seis, ambos con domicilio en calle Alcazar trescientos sesenta y ocho, comuna de Los Ángeles, procedieron a modificar la sociedad de responsabilidad limitada la SOCIEDAD DE INVERSIONES RUJUAMARA LIMITADA, del giro de su denominación, rol único tributario setenta y seis millones doce mil ciento noventa y cinco guión nueve, nombre de fantasía RUJUAMARA LTDA, el extracto de la sociedad figura inscrito a fojas ciento treinta y dos número setenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil ocho, publicado en el Diario Oficial del día primero de febrero del año dos mil ocho. Edición número treinta y ocho mil novecientos setenta y seis, página ciento nueve parte columna uno y dos. Extracto modificado de fecha seis de febrero del año dos mil ocho publicado en el Diario Oficial con fecha trece de febrero del año dos mil ocho edición número treinta y ocho millones novecientos ochenta y seis, página treinta y tres, parte columna cinco, página treinta y cuatro, columna uno agregado al final del Registro de Comercio de Los Ángeles bajo el número setenta y ocho. Saneada: por escritura pública de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete, repertorio número seiscientos cincuenta y cuatro guion dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario Público de la Cuarta Notaria de Los Ángeles don Juan Mauricio Araneda Medina, el extracto de figura inscrito a fojas trescientos treinta y siete número ciento cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial del día primero de marzo del año dos mil diecisiete. Edición número cuarenta y un mil seiscientos noventa y siete, sobre plataforma web de acuerdo a lo establecido en la Ley veinte mil cuatrocientos noventa y cuatro. Que, en conformidad a la cláusula quinto, se indicó que el capital social era la suma mil millones de pesos, que se aportan y pagan por los socios en la forma señalada en la escritura social. MODIFICACIÓN: Los comparecientes han sucedido al causante, don Ángel Fraile Poncell en todos sus bienes señalados en el respectivo inventario y en especial en los derechos que al causante le correspondían, en su calidad de socio constituyente de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES RUJUAMARA LIMITADA”. Que son actualmente los únicos socios de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES RUJUAMARA LIMITADA”, doña María Angélica Montoya Campos, en un cuarenta y tres por ciento de los derechos sociales, y en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso doña Ángela Beatriz Fraile Montoya, en un diecinueve por ciento de los derechos sociales, y en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso, don Rodrigo Andrés Fraile Montoya en un diecinueve por ciento de los derechos sociales, y en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso y la Sociedad Fraile y Compañía Limitada en un diecinueve por ciento de los derechos sociales, y en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados en su caso. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ANGÉLICA MONTOYA CAMPOS quien, anteponiendo la razón social a su respectiva firma, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, sin limitación alguna. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de su participación social. - En lo no modificado se mantienen las demás estipulaciones del pacto social con sus respectivas modificaciones ya señaladas. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles 9 de septiembre del año 2025.