INMOBILIARIA JK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2025
- Repertorio
- 362-2025
- Notario
- HERNÁN OSVALDO NESBET JARAMILLO
- Oficio
- Segunda Notaría de Parral con asiento en la comuna de Retiro
- Comuna
- Parral con asiento en la comuna de Retiro
Sociedad
- Capital
- $1.120.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN OSVALDO NESBET JARAMILLO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Parral con asiento en la comuna de Retiro, Séptima Región del Maule, con oficio en calle Ramón Barros Luco, N° 61 C, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 362-2025, de fecha 13 de agosto de 2025, ante mí, don ANTONIO CESAR AUGUSTO VALERO NADER, cédula nacional de identidad número 6.583.806-0, en representación de doña Juana de Dios Sandoval Urra, y doña Karina Olga Araque Sandoval rectificó escritura pública de fecha dos de julio del año 2025, suscrita ante el Notario Público Titular de Segunda Notaría de Parral don Hernán Osvaldo Nesbet Jaramillo que sanea y/o rectifica escritura de constitución de sociedad “Inmobiliaria JK Limitada suscrita en misma Notaría con fecha 14 de enero de dos mil veinticinco y que corre con repertorio N° 09/2025 en el siguiente sentido: A.) Rectificación del título de la escritura: Donde se señala “SANEAMIENTO SOCIEDAD “INMOBILIARIA JK LIMITADA”, se rectifica debiendo decir: “RECTIFICACION SOCIEDAD “INMOBILIARIA JK LIMITADA”; B.) Se reemplaza la cláusula segunda que queda de la siguiente manera: “Segundo: 2.) Con la suma de $37.564.705 pesos que se enteran y pagan por las socias en este acto al contado y en dinero efectivo, ingresado a la caja social, en las siguientes proporciones: 2.a) Doña Juana de Dios Sandoval Urra con la suma de $22.538.823 pesos que equivale al 60% de este aporte en dinero; y 2.b) Doña Karina Olga Araque Sandoval con la suma de $15.025.882 pesos que equivale al 40% de este aporte en dinero.- Este aporte en dinero se encuentra ingresado en este acto a la caja social”.- C.) En la misma forma antedicha se rectifica el respectivo extracto de comercio inscrito en el Conservador de Comercio de Parral y singularizado en la cláusula primera, en cuanto al aporte en dinero que efectúan las socias , de modo tal que en virtud de esta rectificación del error porcentual, el capital social ascendente a la suma de $1.120.000.000 pesos se encuentra enterado desde la fecha de la escritura social que se rectifica mediante el aporte del inmueble y del dinero en efectivo por parte de las socias y, “Rectificación cláusula Tercera”: Donde dice: “En lo no saneado y/o rectificado, debe decir: En lo no rectificado. En lo no rectificado se mantiene vigente la escritura que se rectifica. Demás estipulaciones escritura extractada. Retiro, 08 de septiembre de 2025.