MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

SUSANA DEL PILAR CORNEJO KORTMANN CAFE BISTRÓ E.I.R.L.

RUT 76915420-5 CVE 2697631
Fecha instrumento
28 de julio de 2025
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2025
Notario
DARIO EMIDGIO CHACÓN VICENTELO
Oficio
Quinta Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Objeto social

"; En todo lo no modificado continuarán vigentes las estipulaciones del pacto empresarial primitivo. Iquique a 08 de agosto del 2025

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Responsabilidad Limitada SUSANA DEL PILAR CORNEJO KORTMANN BOUTIQUE E.I.R.L socio 76915420-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En Iquique a 08 de agosto del 2025, DARIO EMIDGIO CHACÓN VICENTELO, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Iquique, con oficio en calle Baquedano N°702, certifica: por escritura de fecha hoy 28 de julio de 2025, ante mí, SUSANA DEL PILAR CORNEJO KORTMANN, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario N°10.226.526-2, en su calidad de Titular de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada SUSANA DEL PILAR CORNEJO KORTMANN BOUTIQUE E.I.R.L., Rol Único Tributario N°76.915.420-5. Dicha E.I.R.L., cuyo extracto se inscribió a fojas 389 vuelta número 387 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2007 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 20 de julio del 2007 con un capital inicial de un millón de pesos, modifica las cláusulas Segunda y Tercera de la escritura pública de constitución social de la empresa individual de responsabilidad limitada, la cual quedará como sigue: “SEGUNDA: El nombre o razón social de la empresa individual de responsabilidad limitada es " SUSANA DEL PILAR CORNEJO KORTMANN CAFE BISTRÓ E.I.R.L.", pudiendo usar, además el nombre de fantasía "DÉJATE QUERER E.I.R.L.", y "TERCERO: El objeto de la empresa será la elaboración, comercialización, distribución y venta, al por mayor y menor, de alimentos preparados, bebestibles, jugos, café, té, repostería, pastelería y similares; la explotación del rubro de cafetería, bar, restaurante, y la prestación de servicios de banquetería, catering y eventos; asimismo, la compraventa de insumos relacionados con la actividad gastronómica, la prestación de servicios de delivery; y en general, toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro precedente, o que la Titular acordare, que complemente o derive de ellos, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos que sean conducentes a la consecución de su objeto social."; En todo lo no modificado continuarán vigentes las estipulaciones del pacto empresarial primitivo. Iquique a 08 de agosto del 2025.