Servicios Industriales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2025
- Repertorio
- 4936-25
- Notario
- Notario Suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- vigésimo novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISSELLE CECILIA MARQUEZ LEON, Abogada, Notario Suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la vigésimo novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver N°225, oficina 302,comuna Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2025,Repertorio N°4936-25, ante el notario titular, don FERNANDO WALTER BAEZA ROA, CAROL ANDREA BAEZA CASTILLO y SIMÓN IGNACIO BAEZA CASTILLO; todos domiciliados en Balmaceda N°5270, sector Collico, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, acordaron modificar los estatutos de SERVICIOS INDUSTRIALES LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 278 N°189 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia correspondiente al año 2001, en el siguiente sentido: I.- Da cuenta de hecho que indica: Con fecha 21 de agosto del año 2019 la socia doña CAROL ANDREA CASTILLO LATORRE (Q.E.P.D.) falleció en la ciudad de Valdivia sin dejar testamento, quedando a su fallecimiento como herederos sus hijos, doña CAROL ANDREA BAEZA CASTILLO y don SIMÓN IGNACIO BAEZA CASTILLO. La posesión efectiva de la herencia de doña CAROL ANDREA CASTILLO LATORRE (Q.E.P.D.) fue tramitada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile de la Región de Los Ríos, según consta en Resolución Exenta N°5.270 de fecha 26 de octubre del año 2021, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región de Los Ríos, inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas con el N°67.953 del año 2021. II.- Modificación de estatutos: Como consecuencia de lo señalado, para adecuar los estatutos a la nueva realidad social, los actuales y únicos socios acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos, relativo al capital de la sociedad, por el siguiente: ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma total de $1.000.000, íntegramente aportados y enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y que los socios aportan de la siguiente forma: a) FERNANDO WALTER BAEZA ROA, con $990.000, equivalente al 99% de los derechos sociales; b) doña CAROL ANDREA BAEZA CASTILLO con $5.000, equivalentes al 0,5% de los derechos sociales; y c) don SIMÓN IGNACIO BAEZA CASTILLO con $5.000, equivalentes al 0,5% de los derechos sociales. Los socios mantienen su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. En lo no modificado los estatutos se mantienen vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 04 de septiembre de 2025.