INMOBILIARIA HERMAN ROBERTO RODRÍGUEZ DÍAZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2025
- Notario
- JOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA
- Oficio
- Tercera Notaria de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $55.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Empresa será en la ciudad y comuna de Ovalle
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Empresa será: a) la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, desarrollo y explotación de toda clase de bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales; b) la realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; c) la participación como inversionista con fines rentísticos; d) otros actos que sean compatibles con el giro social
Administración
La administración y uso de la razón de la Empresa corresponderá al compareciente don HERMAN ROBERTO RODRÍGUEZ DÍAZ, para que, anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, la obligará y representará en todo los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las facultades descritas en la cláusula cuarta del instrumento que da origen a este extracto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Ovalle, domiciliado en esta ciudad, Prolongación calle Benavente N° 1075 “Open Plaza Ovalle”, local 1480, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de Septiembre de 2025, don HERMAN ROBERTO RODRÍGUEZ DÍAZ, chileno, casado, enfermero, de sesenta y tres años de edad, cédula de identidad N° 9.231.303-4, domiciliado en Pasaje Vicente Huidobro N° 322, Población Carmelitana, de esta ciudad y comuna de Ovalle, constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “INMOBILIARIA HERMAN ROBERTO RODRÍGUEZ DÍAZ E.I.R.L.”, en adelante también “INMOBILIARIA YELLOWSTONE E.I.R.L.”.- DOMICILIO: El domicilio de la Empresa será en la ciudad y comuna de Ovalle, sin perjuicio de las agencias, representaciones, sucursales u oficinas que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero.- OBJETO: El objeto de la Empresa será: a) la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, desarrollo y explotación de toda clase de bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales; b) la realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; c) la participación como inversionista con fines rentísticos; d) otros actos que sean compatibles con el giro social.- ADMINISTRACION: La administración y uso de la razón de la Empresa corresponderá al compareciente don HERMAN ROBERTO RODRÍGUEZ DÍAZ, para que, anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, la obligará y representará en todo los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las facultades descritas en la cláusula cuarta del instrumento que da origen a este extracto.- CAPITAL: El capital de la Empresa será la suma de $55.000.000.-, que el constituyente entera al contado en dinero efectivo. El capital social declara recibir este aporte a su entera conformidad.- LIMITACION: El constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- VIGENCIA: La Empresa tendrá una duración indefinida.- BALANCE: La Empresa practicará balance al 31 de Diciembre de cada año.- FALLECIMIENTO: En caso de fallecimiento del socio fundador, los herederos podrán designar un gerente común para la continuación del giro de la empresa hasta por el plazo de un año y toda dificultad que surja entre los herederos con motivo u ocasión de la terminación de la sociedad será resuelta cada vez, por un árbitro arbitrador tanto en el procedimiento como en el fallo. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución. Ovalle, 3 de Septiembre de 2025.