MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES PHCG SpA

RUT 76331033-7 CVE 2697863
Fecha instrumento
20 de agosto de 2025

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2025
Notario
YUSEF GERARDO HALES HOTT
Domicilio
y Conservador de Bienes Raíces de Traiguén y Lumaco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

YUSEF GERARDO HALES HOTT, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Traiguén y Lumaco, con oficio calle Errazuriz 418, certifica: por escritura pública otorgada ante mí miércoles 20 de agosto de 2025, Patricio Hernán Carrasco Gacitúa, chileno, casado con separación total de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número once millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y siete guion seis El Retiro 5501, departamento 302, Vitacura, de paso en ésta, representante legal de “INMOBILIARIA E INVERSIONES PHCG SpA.” RUT 76.331.033-7, modifica los artículos quinto y primero transitorio del estatuto social, aumentando su capital en la suma de doscientos sesenta y seis millones doscientos cincuenta y dos mil ochenta y nueve pesos, mediante la emisión de noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y un nuevas acciones de pago. De manera que el capital aumentado de la sociedad asciende a la suma de trescientos quince millones trescientos ochenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro pesos, dividido en ciento cuarenta y tres mil trescientos ochenta y siete acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El aumento señalado se suscribe y paga mediante el aporte de los siguientes bienes inmuebles: A) Lote Uno B Once resultante de diferentes subdivisiones efectuadas a la parcela número Sesenta y cinco del Proyecto de Parcelación El Valle y el Porvenir, teniendo el lote una superficie de dos coma cero tres hectáreas, y los siguientes deslindes: NORTE, cerco quebrado que separa con parte de la parcela número cincuenta y uno, con línea férrea de por medio; ESTE, en parte, cerco recto de ciento sesenta y siete metros que separan con parte del Lote Uno A de la misma propiedad; en otra parte, cerco recto que separa con el Lote Uno B ocho; en parte cerco quebrado en dos parcialidades de ochenta y tres coma cuarenta y dieciséis coma noventa metros que separan con el Lote Uno B siete; y en parte, cerco recto de ochenta y cuatro coma cincuenta metros que separan con el Lote Uno B cinco, todos de anterior subdivisión; SUR, en parte, cerco recto en cincuenta metros que separan con el Lote Uno B ocho de la misma propiedad de anterior subdivisión; en otra parte, cerco recto en cinco metros con camino público y, en parte, cerco recto de diecisiete metros que separan con el Lote Uno N diez de la misma propiedad y actual subdivisión; OESTE, en parte, cerco recto de ochenta y cuatro coma cuarenta metros que separa con el Lote Y B diez de la misma propiedad y actual subdivisión; y en parte, cerco recto de trescientos treinta y cuatro metros, que separan con parte del Lote Uno C de la misma propiedad de anterior subdivisión. El título se encuentra inscrito a nombre del aportante a fojas seiscientos sesenta y ocho vuelta número setecientos noventa y cinco en el Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil veinte en el Conservador de Bienes Raíces de Traiguén. Para efectos del pago de impuesto territorial el inmueble tiene asignado el rol de avalúo número ochocientos cincuenta y dos guion trescientos ocho de la comuna de Traiguén; B) Inmueble denominado sitio número doscientos ochenta y tres de la manzana Q, ubicado en la población María Luisa, hoy inmueble de calle Ginebra número ochocientos cincuenta y nueve comuna de Pichilemu, de una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y siete metros cuadrados cincuenta centímetros cuadrados, que deslinda: NORTE, en diecinueve metros cincuenta centímetros con parte del sitio número doscientos noventa y nueve; SUR, en diecinueve metros cincuenta centímetros con calle Ginebra; ORIENTE, en veinticinco metros con parte del sitio número doscientos ochenta y cuatro; PONIENTE, en veinticinco metros con sitio número doscientos ochenta y dos. El titulo se encuentra inscrito a nombre del socio aportante a fojas quinientos veintinueve número cuatrocientos setenta y uno en el Registro de Propiedad correspondiente al año dos mil ocho en el Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu. Para efectos del pago de impuesto territorial el inmueble tiene asignado el rol de avalúo número cuatrocientos noventa y tres guion trece de la comuna de Pichilemu.- El aportante valoriza los inmuebles descritos precedentemente, en el valor correspondiente a su costo tributario según lo dispuesto en el artículo sesenta y cuatro del Código Tributario, esto es: a) inmueble singularizado en la letra A) de la cláusula precedente se valoriza en la suma de dos mil novecientas cuarenta y ocho coma cincuenta y siete Unidades de Fomento equivalentes al día de hoy a la suma de ciento quince millones setecientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y ocho pesos; b) Inmueble singularizado en la letra B) de la cláusula precedente se valoriza en la suma de tres mil ochocientas treinta y tres coma cincuenta y tres Unidades de Fomento equivalentes al día de hoy a la suma de ciento cincuenta millones cuatrocientos noventa y seis mil novecientos cincuenta y un pesos.-El aporte propuesto se realiza en el contexto de una reorganización empresarial que obedece a una legítima razón de negocios, a fin de dotar a la empresa de una mayor cantidad de inmuebles que puedan generar renta, manteniéndose registrado en la empresa el costo tributario al cual fueron adquiridos los inmuebles por la persona natural aportante, conforme a lo señalado en el artículo sesenta y cuatro del Código Tributario.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Traiguén, 20 de agosto de 2025.