Estepa Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2025
- Repertorio
- 76372-2025
- Notario
- RODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO
- Oficio
- 2° Notaria de Santiago de don Francisco Leiva Carvajal
- Comuna
- Santiago de don Francisco Leiva Carvajal
Sociedad
- Capital
- $1.488.228.240 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la generación, comercialización y almacenamiento de electricidad; el desarrollo, inversión, construcción, explotación, operación, comercialización y)o mantenimiento de proyectos de medios de generación de energías renovables no convencionales /ERNC/, incluyendo sistemas de almacenamiento de electricidad, por cuenta propia o ajena o en participación o consorcio, como asimismo, la prestación de servicios profesionales relativos a la evaluación y comercialización de dicha clase de proyectos y la transmisión de energía eléctrica, en general. Para tales efectos, la Sociedad podrá realizar, adquirir, utilizar o contratar estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales propios o ajenos, como también, desarrollar, invertir, construir, operar, modificar, mantener y reponer todas las instalaciones, equipos, obras, plantas, líneas de transmisión y subestaciones necesarias para la generación, transmisión y almacenamiento de electricidad; realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar, arrendar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal; constituir todo tipo de garantías en favor de terceros relacionados o para garantizar las obligaciones contraídas por terceros relacionados; tenencia y administración de acciones y participaciones sociales, bonos, debentures y en general toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales, mediante la suscripción, adquisición, enajenación, cesión o gravamen de los mismos, así como efectuar aportes a sociedades, celebrar contratos de cuentas en participación y efectuar inversiones en cualquiera de las formas usuales de mercado, en especial en sociedades dedicadas al diseño, construcción, explotación, operación y mantenimiento de plantas solares, destinadas a producir energía eléctrica, y a la venta de energía producida y, en general todas las operaciones de cualquier naturaleza sean económicas o jurídicas, financieras, civiles o comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo la sociedad desarrollarla de forma total y directa o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones de sociedades de idéntico o análogo objeto; (iv)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO, Notario Público Suplente de la 2° Notaria de Santiago de don Francisco Leiva Carvajal, con domicilio en Alcantara 107, Comuna de Las Condes, certifico que: por escritura pública de fecha 31 de julio de 2025, bajo el repertorio N°76.372-2025, otorgada ante el Titular, Atlas Estepa Holding SpA, Rol Único Tributario número 77.981.514-5, en su calidad de único accionista, según el registro de accionistas que he tenido a la vista, de la sociedad por acciones Estepa Solar Dos SpA, Rol Único Tributario número 77.912.696-K (en adelante la “Sociedad Absorbida”), inscrita a fojas 54.663 número 22.163 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024; y Atlas Energía Dos SpA, Rol Único Tributario número 77.590.989-7, en su calidad de único accionista, según el registro de accionistas que he tenido a la vista, de la sociedad por acciones Estepa Solar SpA, Rol Único Tribtuario número 77.102.125-5 (en adelante la “Sociedad Absorbente”), inscrita a fojas 77.217 número 37.949 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019; se resolvió lo siguiente: (1) Fusión por incorporación: Atlas Estepa Holding SpA y Atlas Energía Dos SpA, en sus calidades de únicas accionistas de la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente, respectivamente, acordaron aprobar la fusión por incorporación de Estepa Solar Dos SpA en Estepa Solar SpA, la cual produce sus efectos a contar del 31 de julio de 2025 (en adelante, la “Fusión”). Esta fusión fue aprobada en base a los balances de ambas compañías al 31 de julio de 2025. En virtud de la Fusión, la Sociedad Absorbida queda legalmente disuelta y se incorpora a la Sociedad Absorbente la totalidad del activo, pasivo y patrimonio de la Sociedad Absorbida. De esta forma, para todos los efectos, debe entenderse que la Sociedad Absorbente es la sucesora y continuadora legal de la Sociedad Absorbida. (2) Disolución de Estepa Solar Dos SpA: La disolución de Estepa Solar Dos SpA, en su calidad de Sociedad Absorbida, sin necesidad de liquidación, al haberse incorporado todo su patrimonio en Estepa Solar SpA. (3) Aumento de capital de la Sociedad Absorbente: Como consecuencia de la Fusión, se resolvió aumentar el capital de la Sociedad Absorbente desde la cantidad de $1.487.305.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de $1.488.228.240, dividido en 1.001 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. En atención a lo anterior, se modificaron los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad Absorbente. (4) Modificación del objeto social de Estepa Solar SpA y fijación de texto refundido de estatutos: Se acordó modificar el objeto social de la Sociedad Absorbente y fijar un texto refundido de sus estatutos sociales según lo siguiente: (i) Nombre: Estepa Solar SpA; (ii) Duración: Indefinida; (iii) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la generación, comercialización y almacenamiento de electricidad; el desarrollo, inversión, construcción, explotación, operación, comercialización y/o mantenimiento de proyectos de medios de generación de energías renovables no convencionales /ERNC/, incluyendo sistemas de almacenamiento de electricidad, por cuenta propia o ajena o en participación o consorcio, como asimismo, la prestación de servicios profesionales relativos a la evaluación y comercialización de dicha clase de proyectos y la transmisión de energía eléctrica, en general. Para tales efectos, la Sociedad podrá realizar, adquirir, utilizar o contratar estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales propios o ajenos, como también, desarrollar, invertir, construir, operar, modificar, mantener y reponer todas las instalaciones, equipos, obras, plantas, líneas de transmisión y subestaciones necesarias para la generación, transmisión y almacenamiento de electricidad; realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar, arrendar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal; constituir todo tipo de garantías en favor de terceros relacionados o para garantizar las obligaciones contraídas por terceros relacionados; tenencia y administración de acciones y participaciones sociales, bonos, debentures y en general toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes corporales e incorporales, mediante la suscripción, adquisición, enajenación, cesión o gravamen de los mismos, así como efectuar aportes a sociedades, celebrar contratos de cuentas en participación y efectuar inversiones en cualquiera de las formas usuales de mercado, en especial en sociedades dedicadas al diseño, construcción, explotación, operación y mantenimiento de plantas solares, destinadas a producir energía eléctrica, y a la venta de energía producida y, en general todas las operaciones de cualquier naturaleza sean económicas o jurídicas, financieras, civiles o comerciales que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, pudiendo la sociedad desarrollarla de forma total y directa o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones de sociedades de idéntico o análogo objeto; (iv) Capital: El capital de la sociedad asciende a $1.488.228.240, dividido en 1.001 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 04 de septiembre de 2025. Rodrigo Andrés Pinares Alvarado. Notario Publico Suplente 2° Notaría de Santiago.