DAVID MARCOS DVORQUEZ W. INVERSIONES Y COMERCIO E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2025
- Notario
- RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
- Domicilio
- Arica
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
Se constituye una Sociedad por Acciones con el NOMBRE de “INVERSIONES Y COMERCIO SpA”, la que se regirá por los presentes estatutos y en su silencio por las disposiciones de la legislación común y las especiales de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y las de su Reglamento. El DOMICILIO de la Sociedad será la comuna de Arica, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una DURACIÓN indefinida. El OBJETO de la Sociedad será: a) INVERSIONES: Invertir con fines rentistas en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, depósitos a plazo, fondos mutuos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea en comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas sociedades, modificarlas, asumir la administración de estas. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma. Podrá la sociedad firmar y participar en alianzas o sociedades con cadenas y organizaciones nacionales o extranjeras y establecer acuerdos de Comercialización, Distribución, Franshising, Representación u otra forma requerida. Podrá registrar marcas y explotarlas. Podrá abrir cuentas corrientes. Podrá contratar créditos. B) COMERCIO: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras, podrá operar como usuario de Zona Franca. Podrá asociarse con otras empresas comerciales. C) SERVICIOS GASTRONÓMICOS: Participar en la producción y elaboración de productos alimenticios y bebidas. Podrá establecer empresas dedicadas a la explotación gastronómica, servicios de catering, organización de eventos y similares. Preparación de alimentos, envasado y distribución de alimentos. También la explotación directa de Restaurantes y todo tipo de local que venda y)o produzca alimentos y bebidas con o sin alcohol, incluyendo bares o tabernas, cafeterías, heladerías, pastelerías, panaderías, rotiserías, minimarket y sus servicios afines, como contratación de garzones, de personal, animación, etc. D) HOTELERÍA: Podrá explotar el rubro de hostelería y hotelería en sus formas más diversas y amplias que el pasajero requiera, tanto para turista nacional como extranjero. Podrá establecer, explotar y)o administrar camping, residenciales, hospedajes, casas de reposo, moteles, hoteles y)o similares. Podrá desarrollar y)o contratar servicios asociados a este rubro, como servicio de aseo, lavandería, servicio de alimentación y cualquier otro servicio especial que el pasajero requiera. E) INDUSTRIAL: Fabricación, transformación y)o reparación de máquinas, productos, bienes de capital e insumos, en y para procesos productivos de carácter industrial y)o comercial a partir de materias primeras, y en general, otra actividad relacionada, también podrá operar en Zona Franca Industrial; F) TURISMO, DEPORTES Y RECREACIÓN: Podrá producir y explotar bienes y servicios para el consumo turístico como: alojamiento, transporte, alimentos y bebidas, agencias de viaje, operadores de turismo, atracciones comerciales, merchandising, artesanías y recuerdos que suceden en origen o destino. Organización y promoción de eventos. Arriendo a los turistas los servicios de guías, servicios de chofer y similares. Contratar y subcontratar servicios asociados al rubro. G) SERVICIOS COMPUTACIONALES Y EXPLOTACIÓN DE SITIOS WEB: Desarrollo y mantención de Software, sitios web, etc. H) SERVICIOS AUDIOVISUALES: Servicios fotográficos, video y publicitarios, páginas web u otros medios electrónicos. Podrá dedicarse a las amplias posibilidades del mercado audiovisual, tanto en eventos sociales, políticos, comerciales y)o culturales. Podrá imprimir, reproducir, almacenar en forma impresa, magnética o electrónica material audiovisual. Elaborar campañas de todo tipo. Producción de audiovisuales, material gráfico impreso o digital, banco de imágenes, etc.; y, en general, cualquier otra actividad que el constituyente desee desarrollar. TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. El capital de la Sociedad es de la cantidad de $1.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los siguientes derechos: iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL. Artículo Sexto: La Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá de forma separada e indistinta a don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, a don DOV ILAN DVORQUEZ VOLDMAN, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos treinta y uno guion cinco o a don GUSTAVO DYLAN DVORQUEZ VOLDMAN, cédula de identidad número veinte millones quinientos cuatro mil ciento setenta y uno guion cero, quienes podrán actuar indistintamente en nombre y representación de la sociedad. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: Artículo Primero Transitorio: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por el Accionista de la siguiente manera: don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER suscribe mil acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de un millón de pesos del capital social, pagadas en dinero efectivo, ya enteradas en la caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular Arica, con Oficio en Arica, Bolognesi 360, certifico: Por escritura de fecha 26 de agosto de 2025, Repertorio Notarial Nº 2694, ante mí, don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, chileno, casado, empresario, C.I. 8.778.561-0, quien comparece por sí y en representación, de la empresa DAVID MARCOS DVORQUEZ W. INVERSIONES Y COMERCIO E.I.R.L., Rut Nº 76.224.598-1, ambos Diego Portales Nº 2.556, ciudad y comuna de Arica, transforma empresa individual de responsabilidad limitada. HISTORIA DE LA SOCIEDAD. Por escritura de fecha 6 de septiembre de 2012, ante el Notario Público Titular de Arica don Armando Sánchez Risi, Repertorio Notarial Nº 4.686, don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada bajo la razón social de “DAVID MARCOS DVORQUEZ W. INVERSIONES Y COMERCIO E.I.R.L.”. El capital social de constitución correspondió a la suma de $1.000.000 que constituyente aportó y enteró en dinero efectivo al momento de su constitución. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social fue otorgada a don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER. El extracto de la referida escritura de constitución social fue publicado en el Diario Oficial Nº 40.361 E-359 CVE 538841de fecha 12 de septiembre de 2012; e inscrito a fojas 1.122 número 461 en el Registro de Comercio del año 2012. TRANSFORMACIÓN. Don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, en su calidad de único socio de “DAVID MARCOS DVORQUEZ W. INVERSIONES Y COMERCIO E.I.R.L.”, acuerda transformar esta Sociedad, modificando su naturaleza jurídica mediante el cambio de su especie o tipo social, de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad por Acciones. ESTATUTOS. Los estatutos de “INVERSIONES Y COMERCIO SpA” corresponden a los siguientes: TÍTULO PRIMERO. NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO: Se constituye una Sociedad por Acciones con el NOMBRE de “INVERSIONES Y COMERCIO SpA”, la que se regirá por los presentes estatutos y en su silencio por las disposiciones de la legislación común y las especiales de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y las de su Reglamento. El DOMICILIO de la Sociedad será la comuna de Arica, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una DURACIÓN indefinida. El OBJETO de la Sociedad será: a) INVERSIONES: Invertir con fines rentistas en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, depósitos a plazo, fondos mutuos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea en comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Administrar por cuenta propia o ajena dichas sociedades, modificarlas, asumir la administración de estas. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma. Podrá la sociedad firmar y participar en alianzas o sociedades con cadenas y organizaciones nacionales o extranjeras y establecer acuerdos de Comercialización, Distribución, Franshising, Representación u otra forma requerida. Podrá registrar marcas y explotarlas. Podrá abrir cuentas corrientes. Podrá contratar créditos. B) COMERCIO: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras, podrá operar como usuario de Zona Franca. Podrá asociarse con otras empresas comerciales. C) SERVICIOS GASTRONÓMICOS: Participar en la producción y elaboración de productos alimenticios y bebidas. Podrá establecer empresas dedicadas a la explotación gastronómica, servicios de catering, organización de eventos y similares. Preparación de alimentos, envasado y distribución de alimentos. También la explotación directa de Restaurantes y todo tipo de local que venda y/o produzca alimentos y bebidas con o sin alcohol, incluyendo bares o tabernas, cafeterías, heladerías, pastelerías, panaderías, rotiserías, minimarket y sus servicios afines, como contratación de garzones, de personal, animación, etc. D) HOTELERÍA: Podrá explotar el rubro de hostelería y hotelería en sus formas más diversas y amplias que el pasajero requiera, tanto para turista nacional como extranjero. Podrá establecer, explotar y/o administrar camping, residenciales, hospedajes, casas de reposo, moteles, hoteles y/o similares. Podrá desarrollar y/o contratar servicios asociados a este rubro, como servicio de aseo, lavandería, servicio de alimentación y cualquier otro servicio especial que el pasajero requiera. E) INDUSTRIAL: Fabricación, transformación y/o reparación de máquinas, productos, bienes de capital e insumos, en y para procesos productivos de carácter industrial y/o comercial a partir de materias primeras, y en general, otra actividad relacionada, también podrá operar en Zona Franca Industrial; F) TURISMO, DEPORTES Y RECREACIÓN: Podrá producir y explotar bienes y servicios para el consumo turístico como: alojamiento, transporte, alimentos y bebidas, agencias de viaje, operadores de turismo, atracciones comerciales, merchandising, artesanías y recuerdos que suceden en origen o destino. Organización y promoción de eventos. Arriendo a los turistas los servicios de guías, servicios de chofer y similares. Contratar y subcontratar servicios asociados al rubro. G) SERVICIOS COMPUTACIONALES Y EXPLOTACIÓN DE SITIOS WEB: Desarrollo y mantención de Software, sitios web, etc. H) SERVICIOS AUDIOVISUALES: Servicios fotográficos, video y publicitarios, páginas web u otros medios electrónicos. Podrá dedicarse a las amplias posibilidades del mercado audiovisual, tanto en eventos sociales, políticos, comerciales y/o culturales. Podrá imprimir, reproducir, almacenar en forma impresa, magnética o electrónica material audiovisual. Elaborar campañas de todo tipo. Producción de audiovisuales, material gráfico impreso o digital, banco de imágenes, etc.; y, en general, cualquier otra actividad que el constituyente desee desarrollar. TÍTULO SEGUNDO: CAPITAL Y ACCIONES. El capital de la Sociedad es de la cantidad de $1.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los siguientes derechos: iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL. Artículo Sexto: La Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá de forma separada e indistinta a don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, a don DOV ILAN DVORQUEZ VOLDMAN, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos treinta y uno guion cinco o a don GUSTAVO DYLAN DVORQUEZ VOLDMAN, cédula de identidad número veinte millones quinientos cuatro mil ciento setenta y uno guion cero, quienes podrán actuar indistintamente en nombre y representación de la sociedad. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: Artículo Primero Transitorio: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por el Accionista de la siguiente manera: don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER suscribe mil acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de un millón de pesos del capital social, pagadas en dinero efectivo, ya enteradas en la caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Arica, 4 de septiembre de 2025.