Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 2107-2025
- Comuna
- Talagante
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- será de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, si la socia no manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación no inferior a cuatro meses del vencimiento del plazo de la sociedad o de su prórroga, según corresponda. En caso de fallecimiento de la socia la Sociedad no se disolverá, sino que continuará con los herederos de la socia fallecida, quienes deberán designar un procurador común para que los represente en ella
Objeto social
a) gestión, producción, postproducción y distribución audiovisual; b) gestión, producción, postproducción y distribución de cine y televisión; c) promoción, producción y difusión de toda clase de eventos; d) agencia de comunicación y publicitaria; e) escritura, edición, impresión, publicación, creación y distribución de contenidos, guiones, libros, revistas y publicaciones en general, en cualquier medio, sea éste impreso o digital, o en cualquier otra forma de respaldo; f) servicios de consultoría creativa, de realización audiovisual, de postproducción de imagen y sonido, de cine, de producción de eventos, de publicidad, de guion, de publicaciones en cualquier medio, impreso o digital, de gestión de proyectos de cine y televisión y, en general, todo otro servicios de consultoría complementario al objeto social; g) comercialización, producción, compra, venta, fabricación, distribución, arrendamiento, importación y exportación de toda clase de artículos para la industria del área audiovisual, fotografía, cine, teatro, televisión, música, editorial y producción de eventos; e) servicios de maquillaje y de styling; f) arriendo de inmuebles propios o de terceros para la realización de eventos, fotografías, filmaciones, creación de contenidos, de diseño y actividades artísticas en general; g) inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales de toda clase, tales como acciones, participaciones y derechos en sociedades de cualquier tipo, giro social y naturaleza; y, en general; h) celebración y ejecución de toda clase de actos o contratos, de cualquier actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que los socios acuerden y que tienda, directa o indirectamente, al cumplimiento del objeto social, pudiendo incluso asociarse o vincularse con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, pudiendo aportar a ellas el todo o parte de su activo. Capital y Acciones: El capital es la suma de $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que el socio constituyente suscribe íntegramente y paga con suma de $500.000 en este acto, en dinero efectivo, y saldo ascendente a suma de $500.000 en plazo no superior a 1 año
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALENTINA MALTES FARIAS, Notario Suplente de la Primera Notaria de Talagante, ubicada en Arturo Prat 764, comuna Talagante, certifica: Que por escritura pública de fecha 02-09-2025, Repertorio N°2107-2025, ante mí: FRANCISCA ILLANES MÜLLER, C.I.N°20.426.904-1, domicilio calle Moneda 973, oficina 830, comuna Santiago, constituyo Sociedad por Acciones. Nombre: Pánico SpA, con nombre de fantasía Hay Pánico SpA. Domicilio: Santiago. Duración: será de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, si la socia no manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad, mediante declaración hecha por escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación no inferior a cuatro meses del vencimiento del plazo de la sociedad o de su prórroga, según corresponda. En caso de fallecimiento de la socia la Sociedad no se disolverá, sino que continuará con los herederos de la socia fallecida, quienes deberán designar un procurador común para que los represente en ella. Objeto: a) gestión, producción, postproducción y distribución audiovisual; b) gestión, producción, postproducción y distribución de cine y televisión; c) promoción, producción y difusión de toda clase de eventos; d) agencia de comunicación y publicitaria; e) escritura, edición, impresión, publicación, creación y distribución de contenidos, guiones, libros, revistas y publicaciones en general, en cualquier medio, sea éste impreso o digital, o en cualquier otra forma de respaldo; f) servicios de consultoría creativa, de realización audiovisual, de postproducción de imagen y sonido, de cine, de producción de eventos, de publicidad, de guion, de publicaciones en cualquier medio, impreso o digital, de gestión de proyectos de cine y televisión y, en general, todo otro servicios de consultoría complementario al objeto social; g) comercialización, producción, compra, venta, fabricación, distribución, arrendamiento, importación y exportación de toda clase de artículos para la industria del área audiovisual, fotografía, cine, teatro, televisión, música, editorial y producción de eventos; e) servicios de maquillaje y de styling; f) arriendo de inmuebles propios o de terceros para la realización de eventos, fotografías, filmaciones, creación de contenidos, de diseño y actividades artísticas en general; g) inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales de toda clase, tales como acciones, participaciones y derechos en sociedades de cualquier tipo, giro social y naturaleza; y, en general; h) celebración y ejecución de toda clase de actos o contratos, de cualquier actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que los socios acuerden y que tienda, directa o indirectamente, al cumplimiento del objeto social, pudiendo incluso asociarse o vincularse con otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, pudiendo aportar a ellas el todo o parte de su activo. Capital y Acciones: El capital es la suma de $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que el socio constituyente suscribe íntegramente y paga con suma de $500.000 en este acto, en dinero efectivo, y saldo ascendente a suma de $500.000 en plazo no superior a 1 año. Demás estipulaciones escritura extractada. Talagante, 03 Septiembre 2025.