DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Fuxberry Limitada

RUT 96761570-6 CVE 2697114
Capital
$115.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2025
Repertorio
23888-2025
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$115.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3.001, 2º piso, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 14 de agosto de 2025, Repertorio Nº 23888-2025, Catalina Nissim Fux, cédula nacional de identidad Nº 7.019.360-4, por sí y en su calidad de heredera de doña Luisa Fux Berry, cédula nacional de identidad número 3.820.580-3, domiciliada en San José de la Sierra N°1250, departamento 332, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Benjamín Nissim Fux, cédula nacional de identidad número 7.019.361-2, por sí y en su calidad de heredero de doña Luisa Fux Berry, cédula nacional de identidad número 3.820.580-3, representado por José Francisco Sanchez Drouilly, cédula nacional de identidad Nº 6.866.519-1 y la sociedad Comercial Raynis Limitada, Rut Nº 88.492.100-7, representada por Catalina Berta Nissim Fux y por José Francisco Sánchez Drouilly, ambos ya individualizados, todos los últimos domiciliados para estos efectos en calle Lo Fontecilla número 201, oficina 634, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, todos en calidad de únicos socios de las sociedades Inversiones Fuxberry Limitada, inscrita a fojas 11.293, número 9.217 del Registro de Comercio de Santiago del año 1995, y de Comercial Raynis Limitada, inscrita a fojas 20.189, número 11.135 del Registro de Comercio de Santiago del año 1981, acordaron lo siguiente: 1. Fusionar ambas sociedades mediante la incorporación de Inversiones Fuxberry Limitada en Comercial Raynis Limitada. En consecuencia, esta última absorbe a la primera, quedando por tanto disuelta Inversiones Fuxberry Limitada por ese sólo hecho, pasando sus socios a serlo de la sociedad absorbente, con efecto y vigencia a contar del día 31 de mayo de 2025. 2. Se acuerda aumentar el capital de Comercial Raynis Limitada en la cantidad de $115.000.000.-, pasando desde los actuales $300.000.- a la suma de $115.300.000.-, como consecuencia de la incorporación de la cuenta de capital de Inversiones Fuxberry Limitada a la cuenta de capital de Comercial Raynis Limitada. 3. Como consecuencia de la fusión que se acuerda mediante la escritura extractada, se produce la disolución anticipada de la sociedad Inversiones Fuxberry Limitada, dejando constancia que no procede la liquidación de ésta, por cuanto la sociedad Comercial Raynis Limitada le sucede, sin solución de continuidad, en todos sus derechos y obligaciones incorporándose a esta última la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio de aquella. 4. Modificación de estatutos. En atención al aumento de capital antes indicado se acuerda modificar el artículo Quinto de los estatutos de Comercial Raynis Limitada, reemplazando íntegramente por el siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de $115.300.000.- que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: 1. Doña Catalina Nissim Fux y don Benjamín Nissim Fux, en su calidad de únicos herederos de doña Luisa Fux Berry, en partes iguales, aportaron y pagaron la suma de $80.271.860.-, equivalente al 69,62% del capital social; 2. Doña Catalina Nissim Fux aportó y pagó la cantidad de $17.514.070.-, equivalente al 15,19% del capital social; y, (iii) don Benjamín Nissim Fux aportó y pagó la cantidad de $17.514.070.-, equivalente al 15,19% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad personal por las obligaciones sociales al monto de sus respectivos aportes a la sociedad.”. Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Agosto de 2025.