Inmobiliaria Jerusalen SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2022
- Repertorio
- 15855-2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular 8ª Notaría Santiago, Huérfanos 941, Local 302, Santiago, certifico por escritura pública fecha 11- 08-2025, con Repertorio Nº 15.855-2025, ante mí: doña Elizabeth Paola Alarcón Reyes, chilena, divorciada, diseñadora, C.I.Nº 12.473.115-1, con domicilio en calle Camino del Maitén Nº 8.272, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana; y doña Veronica De Las Mercedes Reyes Pacheco, chilena, soltera, empresaria, C.I.Nº 7.062.448-6, con domicilio en calle Camino Las Azucenas Nº 8.298, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana. Antecedentes: Declaración. Por escritura pública de fecha 16-02-2022, ante Notario Público de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, titular de la 36ª Notaría de Santiago, constituyeron la Sociedad por Acciones INMOBILIARIA JERUSALEN SpA, Rut. 77.538.706-8, cuyo extracto fue publicado en Diario Oficial de fecha 24-02-2022, e inscrito a Fs. 14.761 Nº 6.989 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2.022. Las comparecientes por sí señalan que la sociedad no registra deuda alguna con terceros, personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, y en especial con el S.I.I. ya que procedió al término de su giro con fecha 31-01-2023. DISOLUCION DE LA SOCIEDAD INMOBILIARIA JERUSALEN SpA. Declaran los comparecientes que considerando el cese total de actividades de la sociedad, cuya única actuación fue la adquisición en dominio del inmueble referido en la escritura que se extracta, con el cual además no se realizó acto alguno de disposición, la circunstancia del término de su giro, y no siendo además interés de las socias en continuar con el desarrollo del giro social, han acordado de común acuerdo en proceder a su disolución de conformidad a lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley Nº 18.046 sobre sociedades anónimas, en concordancia con el artículo 424 y 428 del Código de Comercio, y de lo dispuesto en la Cláusula Décimo Sexta de los estatutos sociales lo que vienen en disponer por la presente escritura, poniéndose término al contrato social y debiendo entenderse disuelta la sociedad INMOBILIARIA JERUSALEN SpA. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 13-08-2025.