SOCIEDAD INMOBILIARIA TONGOY Y ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2025
- Repertorio
- 798
- Notario
- JOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA
- Oficio
- Tercera Notaria de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Domicilio
- Para todos los efectos del contrato de sociedad, los socios y la sociedad fijan su domicilio en la Comuna de Ovalle
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 30 años desde la fecha de esta escritura, pudiendo renovarse por períodos iguales de 5 años, cada uno.- Las renovaciones operarán automática y sucesivamente de la manera señalada clausula séptima.- FALLECIMIENTOS: La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento o incapacidad sobreviviente de algún socio, o cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad tendrá por objeto a) la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, desarrollo y explotación de toda clase de bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales; b) la realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; c) la participación como inversionista con fines rentísticos; d)otros actos que sean compatibles con el giro social
Administración
La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO, a don MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA, a don EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS y a don WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA, quienes actuando conjuntamente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, o a su sigla la representarán y obligarán tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades de la cláusula cuarta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Ovalle, con oficio en prolongación calle Benavente N°1075 “Open Plaza Ovalle”, local 1480, de la ciudad y comuna de Ovalle, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto del año 2025, repertorio N°798, los señores WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA, chileno, soltero, ingeniero, cédula de identidad N°16.324.704-6, domiciliado en Pasaje Barrancas N°220, Villa El Ingenio, de la ciudad de Ovalle; FERNANDO ANDRÉS VALDIVIA ARAYA, chileno, soltero, contador, cédula de identidad N°17.714.190-9, domiciliado en Avenida Mirador Poniente N°1.191, de la ciudad de Ovalle; CAROLA ROSARIO CORTÉS ARAYA, chilena, casada y actuando parcialmente separada de su cónyuge, de conformidad al artículo 150 del Código Civil, modista, cédula de identidad N°12.397.608-8, domiciliada en Pasaje Daniel Guajardo Robledo N°1.124, Villa Las Torres, de la ciudad de Ovalle; DANIELLA MELISA FERNANDA ROJAS CORTÉS, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad N°13.975.255-4, domiciliada en calle Juan Carlos Castillo N°784, de la ciudad de Ovalle; KATHERINE GABRIELA OSSANDÓN AROS, chilena, soltera, secretaria administrativa, cédula de identidad N°16.209.816-0, domiciliada en El Olivo, Parcela Seis C-Tres, de la comuna de Ovalle; MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA, chileno, casado, contador, cédula de identidad N°16.111.162-7, domiciliado en Parcela Uno P, Santa Catalina, comuna de Ovalle; CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO, chilena, soltera, contador auditor, cédula de identidad N°16.849.864-0, domiciliada en calle Libertad N°1.136, de la ciudad de Ovalle; CAMILA ORIANA CORTÉS ANDREU, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad N°17.861.185-2, domiciliada en Los Arándanos N°5.397 casa 19, de la comuna de La Serena y de paso en esta ciudad; JAVIER ALEJANDRO GALLEGUILLOS FLORES, chileno soltero, comerciante, cédula de identidad N°16.596.521-3, domiciliado en calle Arauco N°490, de la ciudad de Ovalle; y EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS, chileno soltero, operador de generadores de media y alta presión, cédula de identidad N°16.595.595-1, domiciliado en Pasaje Rafael Olmedo número veintinueve, Población Limarí, de la ciudad de Ovalle; constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes, por las disposiciones de la Ley tres mil noventa y ocho de fecha catorce de Marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores y de los Códigos de Comercio y Civil respectivamente; cuya RAZON SOCIAL: es "SOCIEDAD INMOBILIARIA TONGOY Y ASOCIADOS LIMITADA", pudiendo abreviarse en cualquier actuación la palabra "Limitada" por la expresión LTDA..- OBJETO: El objeto o giro de la sociedad tendrá por objeto a) la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, desarrollo y explotación de toda clase de bienes inmuebles, tanto urbanos como rurales; b) la realización de inversiones pasivas en toda clase de bienes muebles e inmuebles incluyendo acciones y derechos en sociedades y toda clase de valores inmobiliarios e instrumentos de inversión; c) la participación como inversionista con fines rentísticos; d)otros actos que sean compatibles con el giro social.- ADMINISTRACION: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO, a don MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA, a don EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS y a don WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA, quienes actuando conjuntamente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, o a su sigla la representarán y obligarán tanto dentro como fuera del giro ordinario con las facultades de la cláusula cuarta.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de $40.000.000.- que es aportado en dominio a la caja social de la siguiente forma: A) WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; B) FERNANDO ANDRÉS VALDIVIA ARAYA, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; C) CAROLA ROSARIO CORTÉS ARAYA, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; D) DANIELLA MELISA FERNANDA ROJAS CORTÉS, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; E) KATHERINE GABRIELA OSSANDÓN AROS, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; F) MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; G) CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; H) CAMILA ORIANA CORTÉS ANDREU, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; I) JAVIER ALEJANDRO GALLEGUILLOS FLORES, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad; y, J) EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS, aporta en dominio al capital social la suma de $4.000.000, al contado en dinero efectivo, ingresados en este mismo acto en dominio a la caja social y la administración societaria declara recibirlos en esta oportunidad a su más entera satisfacción y conformidad.- Los socios de conformidad al artículo trescientos ochenta y dos del Código de Comercio estipulan y acuerdan que el porcentaje de propiedad en el capital será el equivalente a: A) un 10% para el socio WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA; B) un 10% para el socio FERNANDO ANDRÉS VALDIVIA ARAYA; C) un 10% para la socia CAROLA ROSARIO CORTÉS ARAYA; D) un 10% para la socia DANIELLA MELISA FERNANDA ROJAS CORTÉS; E) un 10% para la socia KATHERINE GABRIELA OSSANDÓN AROS; F) un 10% para el socio MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA; G) un 10% para la socia CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO; H) un 10% para la socia CAMILA ORIANA CORTÉS ANDREU; I) un 10% para el socio JAVIER ALEJANDRO GALLEGUILLOS FLORES; y, J) un 10% para el socio EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS.- LIMITACION: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- VIGENCIA: La Sociedad tendrá una duración de 30 años desde la fecha de esta escritura, pudiendo renovarse por períodos iguales de 5 años, cada uno.- Las renovaciones operarán automática y sucesivamente de la manera señalada clausula séptima.- FALLECIMIENTOS: La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento o incapacidad sobreviviente de algún socio, o cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio.- En los eventos referidos la Sociedad continuará con el socio afectado o sus herederos y causahabientes, representados por quien corresponda en derecho quienes deberán designar un procurador común para que los represente en la sociedad.- BALANCES: La Sociedad practicará balances el 31 de Diciembre de cada año. Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados dentro de treinta días corridos desde que fueren puestos en su conocimiento. UTILIDADES Y PERDIDAS: Las utilidades y eventuales perdidas que arroje el balance, se repartirán entre los socios a razón de A) un 10% para el socio WILLY ANDRÉS LEDEZMA TAPIA; B) un 10% para el socio FERNANDO ANDRÉS VALDIVIA ARAYA; C) un 10% para la socia CAROLA ROSARIO CORTÉS ARAYA; D) un 10% para la socia DANIELLA MELISA FERNANDA ROJAS CORTÉS; E) un 10% para la socia KATHERINE GABRIELA OSSANDÓN AROS; F) un 10% para el socio MILTON GERMÁN CORTÉS ARAYA; G) un 10% para la socia CARLA VICTORIA BARRAZA DWINGELO; H) un 10% para la socia CAMILA ORIANA CORTÉS ANDREU; I) un 10% para el socio JAVIER ALEJANDRO GALLEGUILLOS FLORES; y, J) un 10% para el socio EDUARDO ANTONIO ARAYA ROJAS, según lo convenido en la cláusula novena y décimo sexta.- DOMICILIO SOCIAL: Para todos los efectos del contrato de sociedad, los socios y la sociedad fijan su domicilio en la Comuna de Ovalle, sin perjuicio de las sucursales y oficinas que pueda abrir en cualesquier punto del país o del extranjero.- RETIROS: Los socios tendrán derecho a retirar, con cargo a sus utilidades las sumas de dinero que se acuerden por la unanimidad de los socios sin perjuicio de su responsabilidad tributaria de conformidad a la ley de renta. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución. Ovalle, 29 de Agosto de 2025.