MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SMI INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LIMITADA

RUT 79811660-6 CVE 2696408
Capital
$44.861.517 CLP
Fecha instrumento
30 de julio de 2025
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
30 de julio de 2025
Repertorio
6364/2025
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$44.861.517 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular Primera Notaría Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada ante mi, el 30 de Julio de 2025, Repertorio 6364/2025, SERGIO RODRIGO MORALES GARATE, SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA y CONSTRUCTORA SMI SpA, todos domiciliados en Europa 1967, Providencia, modificaron sociedad “SMI INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LIMITADA”, Rut Nº 79.811.660-6, constituida por escritura de fecha 3 de Abril de 2007, otorgada ante don Osvaldo Pereira González, notario de Santiago, inscrita fojas 13.917 Nº 10.280 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago 2007, en lo siguiente: 1) Los únicos socios de la sociedad son: SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA, con un 90% de los derechos sociales y la sociedad CONSTRUCTORA SMI SpA, con un 10% de los derechos sociales. 2) Por sentencia del Séptimo Juzgado Civil de Santiago de fecha 26 de Mayo de 2025, causa Rol Nº V-263/2024 se autorizó la donación por mera liberalidad del 100% de los derechos sociales de don SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA a don SERGIO RODRIGO MORALES GARATE, que corresponde al 90% del total de los derechos en el capital de la sociedad. 3) CONSTRUCTORA SMI SpA, se retira de la sociedad cediendo a SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA, todos los derechos sociales en la suma de $44.861.517. 4) Quedan como únicos socios don SERGIO RODRIGO MORALES GARATE, con un 90% de participación en los derechos sociales y don SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA, con el 10% de participación en los derechos sociales. 5) Modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales estableciendo que el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá indistintamente a don SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA y/o a don SERGIO RODRIGO MORALES GARATE. 6) modifican cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de $20.000.000, que se enteran y pagan de la siguiente manera: SERGIO RODRIGO MORALES GARATE, aporta la suma $18.000.000 pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha. SERGIO EDUARDO MORALES IBARRA aporta a la sociedad, la suma de $2.000.000 pagados en su totalidad con anterioridad a esta fecha. De esta forma el capital social se encuentra pagado en dinero efectivo y en su totalidad con anterioridad a esta fecha. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado en dinero efectivo”. En lo no modificado rigen estipulaciones contenidas en los estatutos sociales. Santiago, 30 de Julio de 2025.