MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES GUILA SpA

RUT 77977498-8 CVE 2696933
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de julio del año 2025, ante mí: (i) don ARIEL RAPPAPORT LEIZEROWICZ, por sí y en representación de: i) doña NICOLE RAPPAPORT LEIZEROWICZ, ii) don DANIEL RAPPAPORT HÖNIG, iii) doña ANDREA RAPPAPORT LEIZEROWICZ, iv) la sociedad “DAMA INVESTMENTS L.P, v) de la sociedad SERVICIOS MÉDICOS E INVERSIONES MAUNIC LIMITADA, vi) la sociedad INVERSIONES DVORA LIMITADA, vii) la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES RAPPAPORT SpA, viii) la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA”, y ix) la sociedad “SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA”; (ii) doña CLAUDIA RAPPAPORT LEIZEROWICZ; y, (iii) don ANDRÉS CUTIER ERGAS FARAGO, en representación de: i) doña MALI LEIZEROWICZ SPORN, y, ii) de la sociedad HOLDING BAESSA SpA, quienes en calidad de actuales y únicos accionistas de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad INVERSIONES GUILA SpA, inscrita a fojas 70711, número 30519 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2023, acordaron resciliar en todas sus partes la escritura de fusión de fecha 18 de diciembre del año 2023, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Rodrigo Andrés Farías Picón, por la cual se acordó la fusión de la sociedad SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA y la SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA en la sociedad INVERSIONES GUILA SpA. I. Resciliación. Los comparecientes, resciliaron en todas sus partes, de todos los actos contenidos en la escritura de fusión antedicha, con efecto retroactivo a la fecha de la modificación, entendiéndose que dicha fusión jamás se ha efectuado. En consecuencia y a mayor precisión, acordaron dejar sin efecto la modificación de la sociedad INVERSIONES GUILA SpA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 66406 número 26666 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024, y la disolución de las sociedades (i) SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 66816 número 26801, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024, y (ii) SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 66455, número 26695 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024; en virtud de que estas no han terminado su giro y continúan realizando sus actividades y desarrollando su giro de forma independiente, sin integrar sus operaciones ni consolidar sus estructuras organizacionales conforme se estipuló en la escritura de fusión. II. Efectos. Los socios acordaron dejar constancia de los efectos derivados de la resciliación antedicha: a) Quedan nulas y sin efecto la totalidad de las modificaciones sociales efectuadas a la sociedad absorbente INVERSIONES GUILA SpA, cobrando plena vigencia el pacto social de INVERSIONES GUILA SpA con todas las modificaciones vigentes hasta el momento inmediatamente anterior al otorgamiento de la fusión resciliada, en especial, la modificación del Artículo Quinto de los estatutos sociales relativo al capital de la sociedad, así como cualquier otra modificación de estatutos que se haya originado a partir de la fusión. Asimismo, queda sin efecto el aporte de la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio efectuado por las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente; b) Quedan nulas y sin efecto las disoluciones de las sociedades SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA, y la SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA, ocasionadas con motivo de la fusión que resciliada, recobrando ambas sociedades plena vigencia y validez, al igual que los estatutos sociales de las mismas, con todas sus modificaciones, en caso que las hubieren vigentes a la fecha, e inclusive en el momento inmediatamente anterior al otorgamiento de la escritura pública resciliada. En este sentido, el capital social de cada una de las tres sociedades sigue siendo el mismo que el que tenían al momento inmediatamente anterior al otorgamiento de la escritura pública de fusión resciliada: INVERSIONES GUILA SpA, con un capital de $1.000.000; “SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA”, con un capital de $1.553.370.551; y, “SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA”, con un capital de $135.608.771. Asimismo, queda sin efecto el aporte de la totalidad de los activos, pasivos y patrimonio efectuado por las sociedades absorbidas a la sociedad “INVERSIONES GUILA SpA” con motivo de la fusión, dejando de considerarse esta última como sucesora de las dos primeras para todos los efectos legales y contables. c) Queda nula y sin efecto la relación de canje de los derechos sociales acordada en la cláusula décima de la escritura pública resciliada, conservando cada uno de los socios de las sociedades fusionadas los derechos y porcentajes de participación social que cada uno de ellos tenia al momento inmediatamente anterior. d) En definitiva, cobran plena vigencia y validez los estatutos sociales de las sociedades INVERSIONES GUILA SpA, la SOCIEDAD DE INVERSIONES SIMJA LIMITADA”, y, la sociedad “SIMJA GRUPO INMOBILIARIO LIMITADA” vigentes al momento inmediatamente anterior a la escritura publica de fusión, la cual se entiende como si nunca hubiese sido otorgada y producido sus efectos. e) A mayor abundamiento, producto de la resciliación acordada, se siguen todos los efectos legales propios de ella, aun cuando ellos no estén mencionados expresamente, y que tengan por objeto volver al estado o situación social inmediatamente anterior al momento o fecha de otorgamiento de la escritura pública resciliada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de septiembre de 2025.