MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inmobiliaria Jaboa S.A.

RUT 76146711-5 CVE 2696741
Capital
$1.020.000 CLP
Fecha instrumento
15 de julio de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2025
Repertorio
8304-2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.020.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. f)
Duración
La Sociedad rige desde esta fecha y durará 50 años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años. g)

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de negocios inmobiliarios y en especial, la compra, venta, arrendamiento, loteo, urbanización, división, subdivisión, administración, construcciones y explotación, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces sean éstos urbanos o rústicos y la inversión de los frutos que de ello provengan. d) Administración, representación y

Administración

La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá individualmente a don Alberto Gerardo Guzmán Alcalde, y en caso de fallecimiento o de si no quisiere o no pudiere éste por cualquier impedimento, la administración corresponderá a doña Olga Prieto Poklepovic y en caso de faltar ésta última por las causales antes señaladas, le corresponderá a los socios sobrevivientes, en la forma que éstos acordaren mediante escritura pública. e)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 3, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 15 de julio de 2025, repertorio Nº 8304-2025 ante mí, Claudia Helena Andresen Vásquez, domiciliada en Enrique Foster Sur 39, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA JABOA S.A celebrada esa misma fecha, ante mí, en la que la unanimidad de los accionistas acordaron lo siguiente: 1) Aumentar el capital de INMOBILIARIA JABOA S.A. (en adelante, la “Sociedad”) desde la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una igual serie y sin valor nominal, en la suma de $20.000, mediante la emisión de 2 acciones nominativas, de una igual serie y sin valor nominal, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas en dinero en efectivo por Alberto Gerardo Guzmán Alcalde y Olga Prieto Poklepovic, respectivamente. En virtud de lo anterior, el capital social queda fijado en la suma de $1.020.000, dividido en 102 acciones nominativas, de una igual serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. 2) Se modifican los artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos sociales en tal sentido. 3) Transformar la Sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: a) Socios: Olguita Guzmán Prieto, Alberto Gerardo Guzmán Prieto, Antonia Guzmán Prieto, María Josefina Guzmán Prieto, Blanca Guzmán Prieto, Alberto Gerardo Guzmán Alcalde y Olga Prieto Poklepovic, todos domiciliados en Encomenderos 260, oficina 32, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. b) Razón Social: INMOBILIARIA JABOA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de "JABOA LTDA” o “JABOA LIMITADA”. c) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de negocios inmobiliarios y en especial, la compra, venta, arrendamiento, loteo, urbanización, división, subdivisión, administración, construcciones y explotación, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces sean éstos urbanos o rústicos y la inversión de los frutos que de ello provengan. d) Administración, representación y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá individualmente a don Alberto Gerardo Guzmán Alcalde, y en caso de fallecimiento o de si no quisiere o no pudiere éste por cualquier impedimento, la administración corresponderá a doña Olga Prieto Poklepovic y en caso de faltar ésta última por las causales antes señaladas, le corresponderá a los socios sobrevivientes, en la forma que éstos acordaren mediante escritura pública. e) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. f) Duración: La Sociedad rige desde esta fecha y durará 50 años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años. g) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.020.000, que se encuentra íntegramente aportado y enterado de la siguiente forma: a) doña Olguita Guzmán Prieto, aportó la suma de $200.000, equivalentes al 19,6078431372549 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; b) don Alberto Gerardo Guzmán Prieto, aportó la suma de $200.000, equivalentes al 19,6078431372549 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; c) doña Antonia Guzmán Prieto, aportó la suma de $200.000, equivalentes al 19,6078431372549 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; d) doña María Josefina Guzmán Prieto, aportó la $200.000, equivalentes al 19,6078431372549 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; e) Blanca Guzmán Prieto, aportó la suma de $200.000, equivalentes al 19,6078431372549 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; f) don Alberto Gerardo Guzmán Alcalde, aportó la suma de $10.000, equivalentes al 0,980392156862745 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; y, g) doña Olga Prieto Poklepovic, aportó la suma de $10.000, equivalentes al 0,980392156862745 por ciento de los derechos sociales, suma íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de septiembre de 2025.