MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BDT CAPACITACIÓN LIMITADA

RUT 76297358-8 CVE 2696872
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2025
Repertorio
5736-2025
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, ubicada en Avenida Apoquindo N° 3196, comuna de Las Condes, certifica: Que con fecha 27 de agosto del 2025, Repertorio N° 5736-2025, ante mí, ADELMO HERNÁN CASTRO MIRANDA, domiciliado en Avenida San Borja N° 1.045, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, LUKAS VUSKOVIC FERRADA, MARTÍN ANDRÉS VUSKOVIC FERRADA, todos domiciliados en Altos Del Valle N° 1325, Casa 56, comuna de Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana, acordaron, modificar BDT CAPACITACIÓN LIMITADA, inscrita a Fojas 70.765, Número 46.732, año 2013, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes sentidos: 1) PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, vende, cede y transfiere, a LUKAS VUSKOVIC FERRADA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos sociales de la Sociedad, representativos de un cinco por ciento de participación en el capital social total; 2) PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, vende, cede y transfiere, a MARTÍN ANDRÉS VUSKOVIC FERRADA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos sociales de la Sociedad, representativos de un cinco por ciento de participación en el capital social total. 3) ADELMO HERNÁN CASTRO MIRANDA, vende, cede y transfiere a PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos sociales de la Sociedad BDT CAPACITACIÓN LIMITADA, representativos de un cincuenta por ciento de participación en el capital social total. 4) Para todos los efectos legales y, en particular, para efectos de lo previsto en el artículo cuatrocientos cuatro, número tres del Código de Comercio, los socios declararon que conocen, consienten y aceptan íntegramente la cesión, venta y transferencia de derechos sociales antes descrita. Como consecuencia de lo anterior, ingresaron como socios de la Sociedad LUKAS VUSKOVIC FERRADA y MARTÍN ANDRÉS VUSKOVIC FERRADA, y se retiró como socio de la Sociedad ADELMO HERNÁN CASTRO MIRANDA, quedando como únicos y actuales socios de BDT CAPACITACIÓN LIMITADA, las siguientes personas: UNO.- PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, dueña de un noventa por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; DOS.- LUKAS VUSKOVIC FERRADA, dueño de un cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; TRES.- MARTÍN ANDRÉS VUSKOVIC FERRADA, dueño de un cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 5) Como consecuencia de las modificaciones antes señaladas, los socios acordaron sustituir el artículo Cuarto y Quinto Permanente del Estatuto Social, por los siguientes: “CUARTO: El capital será la suma de dos millones de pesos, el cual se ha aportado y pagado por los socios, de la siguiente manera: UNO.- Doña PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, dueña de un noventa por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que equivale a un aporte de capital ascendente a la suma de un millón ochocientos mil pesos; DOS.- Don LUKAS VUSKOVIC FERRADA, dueño de un cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que equivale a un aporte de capital ascendente a la suma de cien mil pesos; TRES.- Don MARTÍN ANDRÉS VUSKOVIC FERRADA, dueño de un cinco por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que equivale a un aporte de capital ascendente a la suma de cien mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”; “QUINTO: La sociedad será administrada por doña PAULA ANDREA FERRADA MONSALVE, quien, actuando individualmente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, represente a la Sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones, gestiones o convenciones que estimen necesarios o convenientes para la correcta administración y acertado cumplimiento de los fines sociales.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de septiembre de 2025. Humberto Quezada Notario Publico. HQM.