MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Santa Rebeca Limitada

RUT 76256153-0 CVE 2696798
Fecha instrumento
11 de agosto de 2025
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
11 de agosto de 2025
Repertorio
2894
Comuna
Chillán

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Armando Bustos Bonniard, Notario Titular de la Tercera Notaría de Chillán, domiciliado en calle Arauco N°390, comuna de Chillán, Certifico: Que, por escritura pública de Agrícola Santa Rebeca Limitada (“Sociedad”) suscrita ante mí con fecha 11 de agosto del año 2025, repertorio N°2894, en la cual sus socios: Jorge Ernesto Trucco Bello; María Felicitas Hevia Hott por sí y en representación de Patricia Andrea Trucco Hevia; Daniela Felicitas Trucco Hevia; y, Mauricio Enrique Trucco Hevia, todos domiciliados en Dieciocho de Septiembre número doscientos setenta y cinco departamento número setenta y uno, comuna Chillan, acordaron y dieron cuenta de la donación de derechos sociales de don Jorge Ernesto Trucco Bello: /a/ a doña Daniela Felicitas Trucco Hevia, le dona y entrega, y esta, acepta, adquiere y recibe para sí, la propiedad del uno coma seis seis seis seis seis seis siete por ciento de los Derechos Sociales de Jorge Ernesto Trucco Bello en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro asciende a la suma de $27.237.732, /b/ a doña Patricia Andrea Trucco Hevia, le dona y entrega, y esta, acepta, adquiere y recibe para sí, la propiedad del uno coma seis seis seis seis seis seis siete por ciento de los Derechos Sociales de Jorge Ernesto Trucco Bello en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro asciende a la suma de $27.237.732, y, c) a don Mauricio Enrique Trucco Hevia, le dona y entrega, y este, acepta, adquiere y recibe para sí, la propiedad del uno coma seis seis seis seis seis seis seis por ciento de los Derechos Sociales de Jorge Ernesto Trucco Bello en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro asciende a la suma de $27.237.732. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de trescientos dieciséis millones doscientos cincuenta mil pesos, el que es enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ doña MARÍA FELICITAS HEVIA HOTT, aporta la suma de doscientos cincuenta y tres millones de pesos.- que entera, equivalente a un ochenta por ciento del capital social respectivamente, mediante el aporte en dominio a la sociedad de los siguientes bienes raíces agrícolas, avaluados de común acuerdo por las partes, según se señala en cada caso: a.1 Aportando en dominio el predio agrícola denominado “Reserva Fundo Santa Rebeca” ubicado en la comuna y departamento de Chillán subdelegación de Cato, con una superficie aproximada de setenta y seis hectáreas físicas, con una cabida de diecinueve coma setenta y dos hectáreas básicas y los siguientes deslindes según sus títulos norte con camino público de Chillán a Nahueltoro; sur con los bajos de Cato; Oriente con camino de predio interior que lo separa respectivamente expropiado y Poniente con el Fundo San Antonio. Lo adquirió por compra que lo hizo al Sr. Andrés Sepúlveda Acuña, según escritura pública de fecha veintiséis de mayo de mil novecientos ochenta y uno, notaría de don Carlos Cervantes de la Ciudad de Chillán, inscrita a fojas novecientos diecinueve vuelta, número mil trescientos cincuenta y siete, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, correspondiente al año mil novecientos ochenta y uno. Este predio es avaluado de común acuerdo por los socios en setenta y cinco millones de pesos.- monto por el cual se aporta. Rol de Avaluó Fiscal número cero dos dos uno cinco guión cero cero cero cinco tres. a.2. Aportando en dominio un predio agrícola compuesto por un retazo del denominado lote A de la subdivisión del Fundo Ñilque y Ternera Muerta, ubicado en la comuna y departamento de Osorno, que corresponde con una superficie de ciento ochenta y seis coma noventa y cuatro hectáreas físicas de superficie y los siguientes deslindes especiales: Norte, terrenos de la Herminia Bórquez Wiederhold y en otra parte con terrenos de Adriana Kyling Montecinos y rio Damas; Oriente, rio Damas: Suroriente, Lote B de la subdivisión del fundo Ñilque y Ternera Muerta, separado por cercos en línea recta en dos tramos y en otra parte con terrenos de Herminia Bórquez Wiederhold; Surponiente, canal interior del Fundo Ñilque y Ternera Muerta que separa del lote B de la subdivisión del fundo Ñilque y Ternera Muerta; Sur, cerco en línea recta y canal interior del Fundo Ñilque y Ternera Muerta que separa del lote B de la subdivisión del Fundo Ñilque y Ternera Muerta, y Surponiente, en una parte camino público de Osorno a Puerto Octay, en otra parte terrenos de Herminda Bórquez Wiederhold y en otra parte camino público de Osorno a Puerto Octay. B.- Que, el inmueble singularizado en la cláusula quinta, letra a)dos, se grafica en el plano archivado bajo la letra R guión doscientos cinco del Archivo Especial de Planos del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. C.- Que el inmueble singularizado en la cláusula quinta, letra a)dos, se encuentra actualmente inscrito a fojas mil sesenta y seis número mil trescientos sesenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, correspondiente al año dos mil dos, como nuda propiedad, a nombre de doña María Felicitas Hevia Hott, pero que, en la actualidad, se ha consolidado como dominio pleno, por haberse cancelado el usufructo que le gravaba, inscrito a fojas seiscientos ochenta y uno vuelta número setecientos doce del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, correspondiente al año dos mil dos. Y que lo aporta en tal condición y por el valor ya señalado en el pacto social a sociedad “Agrícola Santa Rebeca Limitada”. Requieren al señor Conservador ya nombrado, la inscripción del inmueble ya individualizado como del dominio pleno de la sociedad adquirente. Rol de Avalauó Fiscal número cero dos dos siete cinco guión cero cero cero tres uno.; /B/ don Mauricio Enrique Trucco Hevia aporta la suma de veintiún millones ochenta y tres mil trescientos treinta y dos, equivalente a un seis coma seis seis seis seis seis seis seis por ciento del capital social respectivamente, el que ha sido pagado e ingresado a la caja social.; C) doña Daniela Felicitas Trucco Hevia, aporta la cantidad de veintiún millones ochenta y tres mil trescientos treinta y cuatro, equivalente a un seis coma seis seis seis seis seis seis siete por ciento del capital social respectivamente, el que ha sido pagado e ingresado a la caja social.; y, D) doña Patricia Andrea Trucco Hevia, aporta la cantidad de veintiún millones ochenta y tres mil trescientos treinta y cuatro, equivalente a un seis coma seis seis seis seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado e ingresado a la caja social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán 11 de agosto de 2025.