SERVICIOS INFORMÁTICOS REDPARTNER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2025
- Repertorio
- 2937-2025
- Notario
- PAMELA VASQUEZ AVENDAÑO
- Oficio
- Titular de la Trigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogado automáticamente por periodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la comercialización de bienes y la prestación de servicios relativos al desarrollo de software y a las tecnologías de la información (TI) en Chile y en el extranjero, en particular: (a) análisis, diseño, programación, integración, pruebas, implementación y mantenimiento de sistemas y aplicaciones; (b) licenciamiento, cesión, distribución y comercialización de software propio o de terceros, en modalidad local o remota; (c) servicios de computación en la nube, hosting/housing, procesamiento, respaldo y recuperación de datos; (d) consultoría, ingeniería y auditoría en TI, ciberseguridad, analítica/ciencia de datos e inteligencia artificial; (e) soporte técnico, continuidad operativa y monitoreo; (f) capacitación y entrenamiento en materias informáticas; (g) importación, exportación, distribución, arriendo y comercialización de equipos informáticos y dispositivos relacionados con el objeto principal; y, h) En general, ejecutar todo acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don OSVALDO ENRIQUE ROJAS VERGARA y a don DIEGO ALEJANDRO ROJAS SOTO, en adelante también los “Administradores”, quiénes, individual e indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAMELA VASQUEZ AVENDAÑO, Notario Público Suplente de la Titular de la Trigésima Séptima Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°117, oficina 1014, de la comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2025, bajo Repertorio N° 2937-2025, ante mí, comparecen: por una parte, don OSVALDO ENRIQUE ROJAS VERGARA, domiciliado para estos efectos en Condominio Los Algarrobos IV-A, parcela 54, comuna de Colina, Región Metropolitana y por la otra don DIEGO ALEJANDRO ROJAS SOTO, domiciliado para estos efectos en Mardoqueo Fernández número 141, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Los comparecientes constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: Razón social: SERVICIOS INFORMÁTICOS REDPARTNER LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de REDPARTNER LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la comercialización de bienes y la prestación de servicios relativos al desarrollo de software y a las tecnologías de la información (TI) en Chile y en el extranjero, en particular: (a) análisis, diseño, programación, integración, pruebas, implementación y mantenimiento de sistemas y aplicaciones; (b) licenciamiento, cesión, distribución y comercialización de software propio o de terceros, en modalidad local o remota; (c) servicios de computación en la nube, hosting/housing, procesamiento, respaldo y recuperación de datos; (d) consultoría, ingeniería y auditoría en TI, ciberseguridad, analítica/ciencia de datos e inteligencia artificial; (e) soporte técnico, continuidad operativa y monitoreo; (f) capacitación y entrenamiento en materias informáticas; (g) importación, exportación, distribución, arriendo y comercialización de equipos informáticos y dispositivos relacionados con el objeto principal; y, h) En general, ejecutar todo acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don OSVALDO ENRIQUE ROJAS VERGARA y a don DIEGO ALEJANDRO ROJAS SOTO, en adelante también los “Administradores”, quiénes, individual e indistintamente, anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en los estatutos. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogado automáticamente por periodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso. Capital Social: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.- el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios en la proporción y forma que a continuación se indica: a) don OSVALDO ENRIQUE ROJAS VERGARA, aporta la suma de $500.000.-, equivalentes al 50% del capital social, que paga en este acto en dinero en efectivo; y b) don DIEGO ALEJANDRO ROJAS SOTO, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del capital social, que paga en este acto en dinero en efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 01 de septiembre de 2025.