GESIN PROPIEDADES INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2025
- Notario
- JAIME ANDRES BERNALES LARRAÍN
- Oficio
- 2ª Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- N. fantasía
- ”GESIN E.I.R.L”
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- La empresa empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si el empresario individual no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública que deberá ser subinscrita al margen de la inscripción social de esta empresa, con treinta días de anticipación a la fecha del vencimiento del plazo original o de alguna de las prórrogas
Objeto social
A) compra, venta, corretaje, arrendamiento, subarrendamiento, administración de inmuebles, urbanos, rurales, rústicos, casas y terrenos de playa, edificios y demás afines permitidos por el ordenamiento jurídico vigente; B) asesoría, en reparaciones inmobiliarias y arquitectura, construcción civil en calidad de contratista; C) asesorías legales en contratos, escrituras y otros que se requieran conforme a derechos, por construcción de obras eléctricas, edificación de obras públicas y)o privadas de edificios
Administración
El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá al constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición. Las
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| FERNANDO JOSÉ VILLARROEL VALENZUELA | socio | 7072051-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRES BERNALES LARRAÍN, Notario Público Titular 2ª Notaría de La Florida, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente Nº 7163, certifica que: por escritura pública de fecha 17/07/2025, ante mí, FERNANDO JOSÉ VILLARROEL VALENZUELA, chileno, casado, CI Nº 7.072.051-5, domiciliado en calle Trancura Nº 5456, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada. Razón social: “GESIN PROPIEDADES INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA E.I.R.L”. Nombre de fantasía: ”GESIN E.I.R.L” Objeto: A) compra, venta, corretaje, arrendamiento, subarrendamiento, administración de inmuebles, urbanos, rurales, rústicos, casas y terrenos de playa, edificios y demás afines permitidos por el ordenamiento jurídico vigente; B) asesoría, en reparaciones inmobiliarias y arquitectura, construcción civil en calidad de contratista; C) asesorías legales en contratos, escrituras y otros que se requieran conforme a derechos, por construcción de obras eléctricas, edificación de obras públicas y/o privadas de edificios. Domicilio: La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La empresa empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si el empresario individual no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública que deberá ser subinscrita al margen de la inscripción social de esta empresa, con treinta días de anticipación a la fecha del vencimiento del plazo original o de alguna de las prórrogas. Capital: $2.000.000 que el constituyente aportó en acto de constitución, al contado y en dinero en efectivo. El empresario limita su responsabilidad hasta el monto del respectivo aporte. Administración. El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá al constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 20 de Agosto de 2025.