ENCUENTROS CON EL ALMA SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2025
- Notario
- ANGELITA DE LA PAZ HORMAZÁBAL ALEGRÍA
- Domicilio
- Talca
- Comuna
- Titular
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de salud mental ambulatoria y psicoterapia clínica, de manera presencial y)o remota en cualquiera de sus modalidades; el diseño, ejecución y comercialización de actividades de docencia y capacitación presenciales y a distancia, tales como talleres, charlas, cursos, seminarios, diplomados, conferencias, retiros y actividades formativas en materias de desarrollo personal, psicología, espiritualidad, filosofía y crecimiento interior, psicología transpersonal, ciencias de la consciencia, neurociencias, física teórica y)o cuántica aplicada, sin constituir promesa de resultados clínicos y conforme a la normativa vigente; la asesoría, acompañamiento y consultoría en materias de bienestar, desarrollo personal, liderazgo y cultura organizacional; la realización de investigación científica observacional o intervencional bajo comités ético-científicos acreditados cuando corresponda, con consentimiento informado y resguardo de datos personales/sensibles incluida la anonimización)pseudonimización y, cuando proceda, transferencias internacionales, con medidas de seguridad proporcionales al riesgo; la creación, producción, edición, publicación, distribución y comercialización por cualquier medio de contenido digital y)o material educativo, tales como libros, videos, guías, podcast, material audiovisual, programas y cursos en línea; la prestación de terapias complementarias y servicios de bienestar integral no invasivos, como hipnosis, reiki, registros akáshicos y técnicas afines; constituir, participar, invertir o relacionarse en cualquier forma en sociedades, asociaciones, joint ventures, consorcios, así como establecer y operar agencias, sucursales y filiales, dentro y fuera de Chile; adquirir, mantener y enajenar valores mobiliarios y derechos sociales; administrar y dirigir las entidades en que participe; celebrar convenios con universidades, centros de investigación y entidades públicas o privadas; y explotar, proteger, ceder y licenciar derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo marcas, nombres de dominio, metodologías, contenidos y software; la coordinación, gestión e intermediación de prestaciones de salud mental por profesionales habilitados, y el arriendo, subarriendo o comodato de espacios para dichas actividades; el diseño, desarrollo, implementación, operación, administración, mantenimiento, soporte, comercialización y licenciamiento de sitios web, software, modelos de inteligencia artificial (IA), aplicaciones móviles y plataformas tecnológicas propias o de terceros, incluyendo modelos SaaS, APIs e integraciones para fines clínicos y formativos no sustitutivos del criterio profesional; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos.- Las actividades precedentemente enunciadas se ejecutarán conforme a la normativa sanitaria, tributaria, de consumo, publicidad y protección de datos vigente y la que se dicte en el futuro, pudiendo la Sociedad adecuar procesos y documentación sin reformar estos estatutos. La enumeración es meramente ejemplar y no taxativa, pudiendo comprender prestaciones exentas o afectas a impuestos, según corresponda
Administración
La administración de la sociedad la ejercerá don HERNÁN PATRICIO MUÑOZ RUZ, quien actuará en nombre y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, todo para el celoso cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANGELITA DE LA PAZ HORMAZÁBAL ALEGRÍA, Notario Público Titular Talca, oficio 1 sur número 925, local 1, certifico por escritura pública de fecha 01 de septiembre de 2025, repertorio número 1894-2025, ante la Notaria Titular, don HERNÁN PATRICIO MUÑOZ RUZ, chileno, divorciado, psicólogo clínico, C.N.I. número 13.482.898-6, domiciliado en treinta y cinco oriente número 1726, ciudad de Talca, constituyó Sociedad por Acciones (SpA.), siendo sus estatutos extractados: Nombre (Razón Social): “ENCUENTROS CON EL ALMA SpA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de salud mental ambulatoria y psicoterapia clínica, de manera presencial y/o remota en cualquiera de sus modalidades; el diseño, ejecución y comercialización de actividades de docencia y capacitación presenciales y a distancia, tales como talleres, charlas, cursos, seminarios, diplomados, conferencias, retiros y actividades formativas en materias de desarrollo personal, psicología, espiritualidad, filosofía y crecimiento interior, psicología transpersonal, ciencias de la consciencia, neurociencias, física teórica y/o cuántica aplicada, sin constituir promesa de resultados clínicos y conforme a la normativa vigente; la asesoría, acompañamiento y consultoría en materias de bienestar, desarrollo personal, liderazgo y cultura organizacional; la realización de investigación científica observacional o intervencional bajo comités ético-científicos acreditados cuando corresponda, con consentimiento informado y resguardo de datos personales/sensibles incluida la anonimización/pseudonimización y, cuando proceda, transferencias internacionales, con medidas de seguridad proporcionales al riesgo; la creación, producción, edición, publicación, distribución y comercialización por cualquier medio de contenido digital y/o material educativo, tales como libros, videos, guías, podcast, material audiovisual, programas y cursos en línea; la prestación de terapias complementarias y servicios de bienestar integral no invasivos, como hipnosis, reiki, registros akáshicos y técnicas afines; constituir, participar, invertir o relacionarse en cualquier forma en sociedades, asociaciones, joint ventures, consorcios, así como establecer y operar agencias, sucursales y filiales, dentro y fuera de Chile; adquirir, mantener y enajenar valores mobiliarios y derechos sociales; administrar y dirigir las entidades en que participe; celebrar convenios con universidades, centros de investigación y entidades públicas o privadas; y explotar, proteger, ceder y licenciar derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo marcas, nombres de dominio, metodologías, contenidos y software; la coordinación, gestión e intermediación de prestaciones de salud mental por profesionales habilitados, y el arriendo, subarriendo o comodato de espacios para dichas actividades; el diseño, desarrollo, implementación, operación, administración, mantenimiento, soporte, comercialización y licenciamiento de sitios web, software, modelos de inteligencia artificial (IA), aplicaciones móviles y plataformas tecnológicas propias o de terceros, incluyendo modelos SaaS, APIs e integraciones para fines clínicos y formativos no sustitutivos del criterio profesional; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos.- Las actividades precedentemente enunciadas se ejecutarán conforme a la normativa sanitaria, tributaria, de consumo, publicidad y protección de datos vigente y la que se dicte en el futuro, pudiendo la Sociedad adecuar procesos y documentación sin reformar estos estatutos. La enumeración es meramente ejemplar y no taxativa, pudiendo comprender prestaciones exentas o afectas a impuestos, según corresponda.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos chilenos), dividido en treinta (30) acciones nominativas, que son suscritas y pagadas por el accionista de acuerdo al siguiente detalle: Don HERNÁN PATRICIO MUÑOZ RUZ, suscribe treinta (30) acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos chilenos) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado en este acto, los que ingresan a la caja social.- Administración: La administración de la sociedad la ejercerá don HERNÁN PATRICIO MUÑOZ RUZ, quien actuará en nombre y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, todo para el celoso cumplimiento del objeto social. Para aquello, estará investido de todas y cada una de las facultades de administración y disposición que la ley y el artículo décimo tercero de los estatutos sociales le otorgan, y aun así las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas.- Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada.- Talca, 02 de septiembre de 2025.