SOCIEDAD INMOBILIARIA NOVATERRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2025
- Repertorio
- 2529-2025
- Notario
- GERARDO CARVALLO CASTILLO
- Oficio
- Primera Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- N. fantasía
- INMOBILIARIA NOVATERRA LTDA.; Objeto de la sociedad será la compraventa de bienes inmuebles, urbanos o rurales, cualquiera sea su destinación o uso, pudiendo darlos en arrendamiento, cederlos en usufructo, o cualquier otro tipo de títulos que permitan la cesión de los inmuebles, y en general cualquier otro objeto, relacionado con el principal, existiendo acuerdo de los socios, sin que sea necesario la modificación de la escritura social; Capital Social será la suma de El capital de la sociedad será la suma de ciento dos millones de pesos ($102.000.000.-), aportando los socios la cantidad de ocho millones quinientos mil pesos cada uno ($8.500.000), salvo don NICOLÁS BERNARDO MONSALVE MAULEN, que aporta la suma de veinticinco millones de pesos ($25.000.000)
- Capital
- $102.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO CARVALLO CASTILLO, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Rancagua, calle Campos N° 466, Rancagua, certifica: Por escritura pública ente mí, de 25 de agosto de 2025, Repertorio N° 2.529-2025, comparecieron: don FABIÁN ALEJANDRO MOYA SÁNCHEZ, chileno, soltero, trabajador particular, cédula nacional de identidad número veinticinco millones setecientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y siete guion uno, con domicilio en pasaje Esperanza número cincuenta y nueve, Villa El Esfuerzo, Sector Lo Miranda, Doñihue; doña DEYANIRA VERÓNICA BUGUEÑO ROSAS, chilena, casada, trabajadora particular, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento noventa y dos mil novecientos noventa y dos guion nueve, con domicilio en Pasaje Pintor José Balmes número mil seiscientos cincuenta y seis, Villa Lourdes, comuna de Rancagua; doña KAREN TAMARA MONSALVE MAULEN, chilena, soltera, trabajadora particular, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos treinta y ocho mil quinientos quince guion uno, con domicilio en calle Rosa Zúñiga, pasaje interior número veinte, Lo Miranda, Doñihue; don SAMUEL ENRIQUE PÉREZ AROS, chileno, soltero, trabajador particular, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos mil quinientos cuarenta y uno guion k, con domicilio en calle José Sánchez número setenta y dos, Lo Miranda, Doñihue; don NICOLÁS BERNARDO MONSALVE MAULEN, chileno, soltero, trabajador particular, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochenta y tres mil novecientos ochenta y ocho guion cinco, con domicilio en calle Pedro de Valdivia número ochocientos cincuenta y seis, Lo Miranda, Doñihue; doña NAYADER ALEJANDRA REYEZ GÓMEZ, chilena, soltera, trabajadora particular, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos mil ochocientos setenta y cinco guion cero, con domicilio en calle Cabo Moena veinticinco, Lo Miranda, Doñihue; don JUAN JOSÉ HENRÍQUEZ TAMAYO, chileno, casado, trabajador particular, cédula nacional de identidad número nueve millones veintinueve mil seiscientos treinta y ocho guion nueve, con domicilio en Pasaje Pintor José Balmes mil seiscientos cincuenta y seis, Villa Lourdes, Rancagua; doña JAVIERA ESCANILLA ORTIZ, chilena, soltera, trabajadora particular, cédula nacional de identidad número dieciocho millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento doce guion uno, con domicilio en Avenida Pedro Aguirre Cerda doscientos nueve, Lo Miranda, Doñihue; don JOSÉ ANTONIO MAULEN MAULEN, chileno, casado, trabajador particular, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y seis guion cero, con domicilio en calle Villa Sor Teresa setecientos noventa y siete, Lo Miranda, comuna de Doñihue; doña GIANNINA NINOSCA ESCANILLA ORTIZ, chilena, soltera, trabajadora particular, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochenta y cuatro mil ciento veinticinco guion uno, con domicilio en Avenida Pedro Aguirre Cerda doscientos nueve, Lo Miranda, Doñihue, y constituyeron sociedad de responsabilidad limitada llamada SOCIEDAD INMOBILIARIA NOVATERRA LIMITADA, y su nombre de fantasía: INMOBILIARIA NOVATERRA LTDA.; Objeto de la sociedad será la compraventa de bienes inmuebles, urbanos o rurales, cualquiera sea su destinación o uso, pudiendo darlos en arrendamiento, cederlos en usufructo, o cualquier otro tipo de títulos que permitan la cesión de los inmuebles, y en general cualquier otro objeto, relacionado con el principal, existiendo acuerdo de los socios, sin que sea necesario la modificación de la escritura social; Capital Social será la suma de El capital de la sociedad será la suma de ciento dos millones de pesos ($102.000.000.-), aportando los socios la cantidad de ocho millones quinientos mil pesos cada uno ($8.500.000), salvo don NICOLÁS BERNARDO MONSALVE MAULEN, que aporta la suma de veinticinco millones de pesos ($25.000.000). Los socios limitan su responsabilidad al monto de los respectivos aportes al capital social. Administración y representación de la sociedad corresponderá a los socios KAREN TAMARA MONSALVE MAULEN y a don JUAN JOSÉ HENRÍQUEZ TAMAYO, quienes actuando de manera conjunta y anteponiendo a sus firmas a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. En caso que alguno de ellos no pueda ejercer su cargo, por incapacidad física, mental o legal sobreviniente, asumirá como representante legal uno de las siguientes personas, doña DEYANIRA VERÓNICA BUGUEÑO ROSAS o don SAMUEL ENRIQUE PÉREZ AROS, con las facultades que contiene la escritura extractada. Utilidades se repartirán a prorrata de los aportes, retiros se harán de común acuerdo entre los socios. Duración, indefinida. Sociedad no se disuelve por muerte de uno de los socios y continúa con herederos del socio fallecido. Liquidación se hará por árbitro arbitrador designado en escritura, o el designado de común acuerdo, o el que designe la justicia y fijan domicilio en la ciudad de Rancagua. Faculta a Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y especialmente al socio para requerir y firmar inscripciones, requerir trámites ante SII y otras entidades administrativas. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 29 de agosto de 2025.