Sociedad de Inversiones Rinconada del Bosque Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2025
- Notario
- María Antonieta Carrillo Flores
- Oficio
- Tercera Notaría Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Los Ángeles
- Duración
- 3 años contados, plazo que se entenderá renovado en forma automática y sucesiva por períodos iguales a cinco años
Objeto social
Uno) La inversión y explotación de bienes inmuebles agrícolas y no agrícolas, pudiendo arrendarlos, administrarlos, y en general, percibir sus frutos. Dos) La adquisición de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones y valores mobiliarios con fines de inversión y renta, o sea, con el fin de obtener frutos de ellos. Tres) Forestación y reforestación, en terrenos propios o ajenos; la compra, venta y comercialización de terrenos, bosques, madera, semillas, plantas y otros productos afines; la comercialización, exportación e importación de productos de la madera, o sus derivados, la prestación de servicios forestales, administrativos y otros servicios; dar, tomar y entregar en arrendamiento o subarrendamiento, toda clase de bienes, sean ellos raíces o muebles; establecer, operar y explotar centrales productoras de energía y comprar vender y distribuir energía eléctrica; constituir empresas de transporte terrestre o marítimo; invertir sus disponibilidades incluso en el mercado de capitales; producir, comprar y vender productos agrícolas y ganaderos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEXTRACTO: María Antonieta Carrillo Flores, abogado, Notario Público Titular Tercera Notaría Los Ángeles, Lautaro 361, certifico: por escritura pública hoy ante mí Juan de la Cruz Jara Jara, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 7.114.498-4, doña Ximena Elizabeth Oyarzún Rojas, chilena, casada, asistente social, cédula nacional de identidad número 9.834.830-1, don Juan Pablo Jara Oyarzún, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 16.673.602-1, y doña Ximena Carolina Jara Oyarzún, chilena, soltera, médico cirujano, cédula nacional de identidad número 15.627.757-6, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Los Conquistadores 0339, comuna de Los Ángeles; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada; RAZÓN SOCIAL: “Sociedad de Inversiones Rinconada del Bosque Limitada”; nombre fantasía ”RINCONADA Ltda.”; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los socios don Juan de la Cruz Jara Jara y a don Juan Pablo Jara Oyarzún, quienes actuando de manera independiente, obligarán y representarán a la sociedad con todas facultades de administración y disposición señaladas en escritura extractada.- CAPITAL SOCIAL $10.000.000 aportan siguiente forma: 1) Juan de la Cruz Jara Jara, $5.000.000, que pagará en el plazo de tres años; 2) Ximena Elizabeth Oyarzún Rojas, $3.000.000 que pagará en el plazo de tres años; 3) Juan Pablo Jara Oyarzún, $1.000.000 que pagará en el plazo de tres años; y 4) Ximena Carolina Jara Oyarzún, $1.000.000 que pagará en el plazo de tres años.- OBJETO: Uno) La inversión y explotación de bienes inmuebles agrícolas y no agrícolas, pudiendo arrendarlos, administrarlos, y en general, percibir sus frutos. Dos) La adquisición de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones y valores mobiliarios con fines de inversión y renta, o sea, con el fin de obtener frutos de ellos. Tres) Forestación y reforestación, en terrenos propios o ajenos; la compra, venta y comercialización de terrenos, bosques, madera, semillas, plantas y otros productos afines; la comercialización, exportación e importación de productos de la madera, o sus derivados, la prestación de servicios forestales, administrativos y otros servicios; dar, tomar y entregar en arrendamiento o subarrendamiento, toda clase de bienes, sean ellos raíces o muebles; establecer, operar y explotar centrales productoras de energía y comprar vender y distribuir energía eléctrica; constituir empresas de transporte terrestre o marítimo; invertir sus disponibilidades incluso en el mercado de capitales; producir, comprar y vender productos agrícolas y ganaderos. PLAZO: 3 años contados, plazo que se entenderá renovado en forma automática y sucesiva por períodos iguales a cinco años.- DOMICILIO: Los Ángeles, sin perjuicio agencias o sucursales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 21 Agosto 2025.-