CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Rinconada del Bosque Limitada

RUT 7114498-4 CVE 2695480
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2025
Notaría
Los Ángeles
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2025
Notario
María Antonieta Carrillo Flores
Oficio
Tercera Notaría Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Los Ángeles
Duración
3 años contados, plazo que se entenderá renovado en forma automática y sucesiva por períodos iguales a cinco años

Objeto social

Uno) La inversión y explotación de bienes inmuebles agrícolas y no agrícolas, pudiendo arrendarlos, administrarlos, y en general, percibir sus frutos. Dos) La adquisición de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones y valores mobiliarios con fines de inversión y renta, o sea, con el fin de obtener frutos de ellos. Tres) Forestación y reforestación, en terrenos propios o ajenos; la compra, venta y comercialización de terrenos, bosques, madera, semillas, plantas y otros productos afines; la comercialización, exportación e importación de productos de la madera, o sus derivados, la prestación de servicios forestales, administrativos y otros servicios; dar, tomar y entregar en arrendamiento o subarrendamiento, toda clase de bienes, sean ellos raíces o muebles; establecer, operar y explotar centrales productoras de energía y comprar vender y distribuir energía eléctrica; constituir empresas de transporte terrestre o marítimo; invertir sus disponibilidades incluso en el mercado de capitales; producir, comprar y vender productos agrícolas y ganaderos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EXTRACTO: María Antonieta Carrillo Flores, abogado, Notario Público Titular Tercera Notaría Los Ángeles, Lautaro 361, certifico: por escritura pública hoy ante mí Juan de la Cruz Jara Jara, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 7.114.498-4, doña Ximena Elizabeth Oyarzún Rojas, chilena, casada, asistente social, cédula nacional de identidad número 9.834.830-1, don Juan Pablo Jara Oyarzún, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 16.673.602-1, y doña Ximena Carolina Jara Oyarzún, chilena, soltera, médico cirujano, cédula nacional de identidad número 15.627.757-6, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Los Conquistadores 0339, comuna de Los Ángeles; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada; RAZÓN SOCIAL: “Sociedad de Inversiones Rinconada del Bosque Limitada”; nombre fantasía ”RINCONADA Ltda.”; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los socios don Juan de la Cruz Jara Jara y a don Juan Pablo Jara Oyarzún, quienes actuando de manera independiente, obligarán y representarán a la sociedad con todas facultades de administración y disposición señaladas en escritura extractada.- CAPITAL SOCIAL $10.000.000 aportan siguiente forma: 1) Juan de la Cruz Jara Jara, $5.000.000, que pagará en el plazo de tres años; 2) Ximena Elizabeth Oyarzún Rojas, $3.000.000 que pagará en el plazo de tres años; 3) Juan Pablo Jara Oyarzún, $1.000.000 que pagará en el plazo de tres años; y 4) Ximena Carolina Jara Oyarzún, $1.000.000 que pagará en el plazo de tres años.- OBJETO: Uno) La inversión y explotación de bienes inmuebles agrícolas y no agrícolas, pudiendo arrendarlos, administrarlos, y en general, percibir sus frutos. Dos) La adquisición de toda clase de bienes muebles, derechos, acciones y valores mobiliarios con fines de inversión y renta, o sea, con el fin de obtener frutos de ellos. Tres) Forestación y reforestación, en terrenos propios o ajenos; la compra, venta y comercialización de terrenos, bosques, madera, semillas, plantas y otros productos afines; la comercialización, exportación e importación de productos de la madera, o sus derivados, la prestación de servicios forestales, administrativos y otros servicios; dar, tomar y entregar en arrendamiento o subarrendamiento, toda clase de bienes, sean ellos raíces o muebles; establecer, operar y explotar centrales productoras de energía y comprar vender y distribuir energía eléctrica; constituir empresas de transporte terrestre o marítimo; invertir sus disponibilidades incluso en el mercado de capitales; producir, comprar y vender productos agrícolas y ganaderos. PLAZO: 3 años contados, plazo que se entenderá renovado en forma automática y sucesiva por períodos iguales a cinco años.- DOMICILIO: Los Ángeles, sin perjuicio agencias o sucursales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 21 Agosto 2025.-