Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2025
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) La compraventa, importación, exportación, distribución, producción, preparación, fabricación, comercialización e intermediación de toda clase de bienes, para uso, ingestión o consumo humano, en especial productos de belleza, cosméticos, tocador, perfumería, de aseo y cuidado personal; b) La explotación de establecimientos de comercio o de agencias del mismo, dedicados al rubro de productos cosméticos, de belleza, aseo y cuidado personal, perfumería; en locales propios o ajenos; c) La representación en Chile de agencias o filiales de empresas nacionales y extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; d) La participación con fondos propios o ajenos, en sociedades, asociaciones o negocios vinculados a actividades de similar naturaleza a las anteriormente señaladas; e) La celebración de contratos de sociedad, de licencia sobre uso de una marca comercial, de franquicia, sub-franquicia, de mandato mercantil, de prestación de asistencia técnica, de suministro, de know how, y cualquier otro contrato necesario para el desarrollo del giro; y, f) Y en general, realizar cualquier acto o negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 20 de agosto de 2025, ante mí, doña Andrea Magdalena Frascaroli Ortiz y doña Consuelo Estefanía García Benito, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: NOMBRE: Sociedad de Inversiones AC SpA. OBJETO: a) La compraventa, importación, exportación, distribución, producción, preparación, fabricación, comercialización e intermediación de toda clase de bienes, para uso, ingestión o consumo humano, en especial productos de belleza, cosméticos, tocador, perfumería, de aseo y cuidado personal; b) La explotación de establecimientos de comercio o de agencias del mismo, dedicados al rubro de productos cosméticos, de belleza, aseo y cuidado personal, perfumería; en locales propios o ajenos; c) La representación en Chile de agencias o filiales de empresas nacionales y extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; d) La participación con fondos propios o ajenos, en sociedades, asociaciones o negocios vinculados a actividades de similar naturaleza a las anteriormente señaladas; e) La celebración de contratos de sociedad, de licencia sobre uso de una marca comercial, de franquicia, sub-franquicia, de mandato mercantil, de prestación de asistencia técnica, de suministro, de know how, y cualquier otro contrato necesario para el desarrollo del giro; y, f) Y en general, realizar cualquier acto o negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 29 de agosto de 2025.