NIKOLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 46600
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNIKOLA SpA. Wladimir Alejandro Schramm López Notario Público titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 73, comuna de Santiago, certifico que, en el ejercicio de mi ministerio, con fecha 01 de septiembre de 2025 concurrió la totalidad de las acciones de la sociedad por acciones denominada “NIKOLA SpA” a Junta Extraordinaria de Accionistas, la que fue reducida a escritura pública ante mí con fecha 01 de septiembre de 2025, repertorio N° 46.600, se acordó modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: 1) Se sustituye parcialmente el Artículo Sexto (Administración y Representación), estableciendo que don BENJAMÍN CRUZ FERNÁNDEZ, actuando individualmente, podrá ejercer todas las facultades de administración y de representación judicial y extrajudicial de la Sociedad previstas en los estatutos, incluyendo las del Artículo Octavo, exclusivamente con las siguientes limitaciones de monto: a) Inversiones y venta de activo fijo / ventas fuera de giro: hasta 400 UF + IVA (cuatrocientas unidades de fomento más IVA) por operación; b) Contratos, decisiones, pagos o adquisiciones con impacto: hasta USD 100.000 + IVA (cien mil dólares de los Estados Unidos de América más IVA) por operación; c) Contratos de venta de instalaciones fotovoltaicas, ESCO o servicios relacionados: hasta USD 100.000 + IVA (cien mil dólares de los Estados Unidos de América más IVA) por contrato; d) Endeudamiento y pasivos financieros (préstamos, garantías, leasing, líneas COMEX o de capital de trabajo, apertura o aumento de créditos): hasta USD 25.000 (veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América) por operación, con tope agregado de USD 250.000 (doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) para la sumatoria de pasivos aprobados; e) Recursos Humanos - remuneraciones altas: contratación con remuneración total anual (costo empresa) igual o inferior a 1.000 UF (mil unidades de fomento); y f) Regla anti-fraccionamiento: período móvil de 90 (noventa) días corridos, entendiéndose como una sola operación aquellas vinculadas por partes, objeto o finalidad económica, sumándose sus montos para verificar los topes. Por debajo de cualquiera de dichos topes, don Benjamín Cruz Fernández actuará individualmente; sobre cualquiera de ellos, su actuación será conjunta con don Steven Paul A. Van Cauwenberge. 2) Se mantienen inalteradas las restantes líneas de representación vigentes en los estatutos, incluida la actuación conjunta de don Steven Paul A. Van Cauwenberge y don Benjamín Cruz Fernández, sin limitación, la representación en conjunto de Don Nicolás Patricio García Darras y don Alexander Stan Decock y la representación individual de doña Marcela Andrea Dondero Astudillo en los términos ya publicados e inscritos. En lo no modificado, los estatutos permanecen vigentes e incólumes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 01 de septiembre de 2025. WASCHL.