CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Green Consultores SpA

RUT 12046795-6 CVE 2695143
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
6 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2025
Repertorio
8999/2025
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

a) Desarrollo e implementación de soluciones y aplicaciones tecnológicas; b) Consultoría de procesos de negocio en general; c) soporte a microaplicaciones y servicios digitales, especialmente en la integración, conectividad y gestión de datos; d) Importación y exportación de bienes y servicios; e) Construcción y despliegue de redes de fibra óptica e infraestructura de telecomunicaciones; f) Realizar cualquier otra actividad relacionada directamente con el giro antes descrito

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 06/08/2025, Repertorio 8.999/2025, ante mi, doña Macarena Escobar Martínez, Rut 12.046.795-6, constituyó Sociedad por Acciones. Razón Social: Green Consultores SpA, pudiendo usar también el nombre de fantasía Green SpA., para fines bancarios, comerciales y de publicidad. Objeto: a) Desarrollo e implementación de soluciones y aplicaciones tecnológicas; b) Consultoría de procesos de negocio en general; c) soporte a microaplicaciones y servicios digitales, especialmente en la integración, conectividad y gestión de datos; d) Importación y exportación de bienes y servicios; e) Construcción y despliegue de redes de fibra óptica e infraestructura de telecomunicaciones; f) Realizar cualquier otra actividad relacionada directamente con el giro antes descrito. Capital: $500.000 pesos, dividido en 500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscribiéndose la totalidad de éstas y debiendo ser pagadas dentro del plazo de cinco años desde la fecha de la escritura extractada, de acuerdo con lo establecido en su Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Agosto de 2025. Mmo.-