MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COLEGIO COEDUCACIONAL PARTICULAR QUILPUÉ S.A.

RUT 84886600-8 CVE 2695649
Fecha instrumento
2 de agosto de 2024

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2024
Repertorio
1760
Notario
IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
Domicilio
Quilpué

Sociedad

Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, Notario Público Quilpué, Diego Portales 790, 2º Piso. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 1.760, se redujo a escritura pública Acta Reunión Extraordinaria de Directorio, de sociedad “COLEGIO COEDUCACIONAL PARTICULAR QUILPUÉ S.A.”, R.U.T. 84.886.600-8, celebrada fecha 02 agosto 2024. ASISTENCIA: Reunidos los tres miembros del Directorio elegidos en la Asamblea Ordinaria de Socios efectuada el 02 de agosto de 2024, Sr. Felipe Eduardo Leschot Ramos, Srta. Orietta Lucerina Álvarez Hernández y la Srta. Patricia Andrea Badani Guevara, con el objeto de conformar el Directorio de la Sociedad Colegio Coeducacional Particular Quilpué S.A. ACUERDO: a) Se designa a don Felipe Eduardo Leschot Ramos, como Gerente General. b) Se designa a doña Patricia Andrea Badani Guevara, como Presidenta. c) Se designa a doña Orietta Lucerina Álvarez Hernández como Directora. Todos los cargos elegidos con voto a favor de Patricia Badani Guevara y don Felipe Leschot Ramos y abstención de doña Orietta Álvarez Herrnández. El Directorio otorga facultades al Gerente del Establecimiento Educacional Colegio Coeducacional Particular Quilpué S.A., don FELIPE EDUARDO LESCHOT RAMOS, rut: 13.990.687-K; señaladas en el artículo 21 del Estatuto Social contenido en Escritura Pública fecha 26 marzo 1993, otorgada ante Luisa Rionda Torres, Notario Público de Quilpué, suplente de titular Jorge Acuña Pérez, sobre transformación de la Sociedad y texto refundido de la Sociedad Colegio Coeducacional Part. Quilpué S.A., y las señaladas en el art. 49 de la Ley 18.046 y las que se indican en la escritura extractada. Modificación: Los comparecientes declaran que los acuerdos recién alcanzados, modifican, en lo que fuere pertinente o incompatible, los acuerdos tomados en las reuniones celebradas con anterioridad a esta fecha. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Quilpué, 07 agosto 2025.