SOCIEDAD DE TRANSPORTES AMERICA CARGO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2013
- Notario
- RODRIGO ALEJANDRO GONZALEZ BARRIGA
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD DE TRANSPORTES AMERICA CARGO LIMITADA O TRANSPORTES AMERICA CARGO LTDA | socio | 76338349-0 | — | — |
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40673 del 3 de octubre de 2013
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALEJANDRO GONZALEZ BARRIGA, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Iquique, con oficio en Plaza A. Prat N°650, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, MARIO AURELIO PAREDES BARAÑADOS, y MARIA DEL CARMEN PAUCAR VELASQUEZ, ambos domiciliados en calle Pasaje Dos número cuatro mil seiscientos cincuenta y siete, Población Los Andes I, Arica y de paso por esta ciudad; modifican SOCIEDAD DE TRANSPORTES AMERICA CARGO LIMITADA O TRANSPORTES AMERICA CARGO LTDA.,RUT N°76.338.349-0, constituida por escritura pública 27/09/2013, otorgada ante Notario Público Iquique FERNANDO MANTEROLA SALAS, dicha sociedad se publicó Diario Oficial 40.673 03/10/2013, y se inscribió a fjs. 1394, N° 505, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Arica 2013, siguiente sentido a) MARIA DEL CARMEN PAUCAR VELASQUEZ, vende cede y transfiere 37.5% derechos sociales posee sociedad, equivalen 18% haber total sociedad, a MARIO AURELIO PAREDES BARAÑADOS. Consecuencia cesión social efectuada precedentemente, quedan como únicos socios SOCIEDAD DE TRANSPORTES AMERICA CARGO LIMITADA O TRANSPORTES AMERICA CARGO LTDA., MARIO AURELIO PAREDES BARAÑADOS, participación social equivalente 70% haber total sociedad; y MARIA DEL CARMEN PAUCAR VELASQUEZ, participación social equivalente 30% haber total sociedad. Actuales socios ratifican cláusula cuarta pacto social primitivo, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representara y obligara a la sociedad con las amplias facultades señaladas en la cláusula Quinta del pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas una a una. Capital $10.000.000.- En todo lo no modificado, presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 28 de Agosto 2025.-