MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Schalper y Schalper 1 SpA

RUT 78111783-8 CVE 2694468
Capital
$480.799.082 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2024
Notaría
El Loa Calama

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2024
Notario
ALEJANDRO GUILLERMO GEMMEL MARTÍNEZ
Oficio
Tercera Notaría El Loa Calama
Comuna
El Loa Calama

Sociedad

Capital
$480.799.082 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO GUILLERMO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría El Loa Calama, con oficio en Calama, Vargas 2209, certifica: Por Escritura de hoy, ante mi: MARÍA JOSE BACIAN CIELO, chilena, soltera, abogado, C.I 15.982.231-1, con domicilio en Vivar 1580 oficina 410 Calama, quien actúa en este acto en virtud de poder irrevocable conferido por las socias constituyentes de la sociedad Schalper y Schalper 1 SpA, en la cláusula TRIGÉSIMO CUARTO DE LOS ARTICULOS TRANSITORIOS, articulo segundo transitorio del instrumento público suscrito ante doña Isabel Arancibia Radich, Notario Interino de la Cuarta Notaría de Calama, con fecha 29 de noviembre 2024, la que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio a fojas 25 N° 11 en el Registro de Comercio del Archivero de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa Calama, correspondiente al año 2025 Rol Unico Tributario N° 78.111.783-8 Capital $480.799.082.- Que, por este acto, viene en complementarla según se señalará: I) SE RECTIFICA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA TRANSITORIA. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO LETRA C) esto es, Departamento número 1202 y de la bodega 12 del Primer subterráneo, ambos del Edificio Castillo Poniente, ubicado en calle 2 Norte N° 202 Población Vergara, de la comuna de Viña del Mar, y D) Estacionamiento N° 43 del primer subterráneo del Edificio Castillo Poniente, ubicado en calle 2 Norte N°202 Población Vergara de la comuna de Viña del Mar, en el sentido, de señalar que el aporte de los referidos inmuebles singularizados en escritura pública de constitución se refiere a la NUDA PROPIEDAD, toda vez que la aportante doña LYDIA MONICA SCHALPER PEREZ se reserva el derecho real de usufructo sobre ambas propiedades singularizadas en dicha cláusula. II) SE COMPLEMENTA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA TRANSITORIA, en el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO LETRA E) Inmueble ubicado en la ciudad de Calama, en calle 2 Oriente 2550, en el sentido que, el referido inmueble inscrito en fojas 609 N° 579 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de EL LOA CALAMA correspondiente al año 2920, le afecta inscripción de contrato de arriendo a favor de la Sociedad Hotelera E & A LTDA, que rola inscrito a fojas 450 N° 369 del Registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Calama año 2022, contrato vigente hasta el 31 de julio del 2026. y, III) SE COMPLEMENTA LA CLÁUSULA TRIGÉSIMA CUARTA TRANSITORIA, en el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, respecto de las propiedades singularizadas con la letra F) Inmueble que corresponde al departamento 1105 ubicado en el décimo primer piso del "Edificio Eduardo Abaroa 1". y G) inmueble que corresponde al estacionamiento número 80, ubicado en segundo piso, del edificio Abaroa I; se complementa al final de la singularización de ambas propiedades que, se encuentran afectas al Reglamento de Copropiedad que rola inscrita a fojas 2544 N° 1788, del 2012 en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de El Loa Calama, año 2012. En todo lo no modificado rige la escritura original de constitución de la sociedad ya singularizada. Calama, 13 de Agosto del 2025.