MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Pampa Camarones SpA

RUT 76085153-1 CVE 2694889
Capital
$161.112.151 CLP
Fecha instrumento
21 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de agosto de 2025
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésimo Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$161.112.151 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésimo Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio número 12.466-2025 el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de PAMPA CAMARONES SPA (la “Sociedad”), celebrada ante la Notario Público Suplente, doña VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, con fecha 21 de julio de 2025, en la cual se acordó, entre otras cosas: /A/ Aprobar la modificación del aumento de capital aprobado en junta extraordinaria de accionista de la Sociedad celebrada con fecha 24 de junio de 2025 (el “Aumento de Capital”) con el objeto de ajustar el precio mínimo de colocación de las acciones desde US$18,5 a US$12,5 por acción; /B/ Aprobar la emisión de 288.000 nuevas acciones de pago adicionales a las 600.000 acciones ya emitidas con cargo al Aumento de Capital y, en consecuencia, se aprobó modificar el capital de la Sociedad, que actualmente asciende a la suma de US$161.112.151,38, en el sentido que pase de estar dividido en 2.666.616 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a estar dividido en 2.954.616 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; y C) Aprobar que las 288.000 nuevas acciones emitidas, así como las 600.000 que se emitieron con cargo al referido Aumento de Capital, deberán encontrarse suscritas y pagadas dentro del plazo que vence el 24 de junio de 2028. Se modificaron al efecto los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales. Asimismo, se aprobaron otros acuerdos relativos a materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de agosto de 2025.